El Gobierno reglamentó los puntos centrales de la reforma laboral
Mediante el Decreto 407/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Ejecutivo nacional fijó el alcance de la Ley de Modernización Laboral aprobada en marzo. Los cambios abarcan registración de empleados, recibos de sueldo, licencias médicas, desvinculaciones y trámites jubilatorios.
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El Gobierno nacional reglamentó este lunes los puntos centrales de la reforma laboral a través del Decreto 407/2026, publicado en el Boletín Oficial. La norma precisa el alcance de distintos artículos de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) en el marco de la Ley de Modernización Laboral, sancionada por el Congreso y promulgada en marzo de este año.
Registración y recibos de sueldo
Uno de los cambios más significativos afecta la registración laboral. A partir de ahora, la obligación de los empleadores se cumplirá mediante altas y bajas de trabajadores en los sistemas habilitados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), eliminándose la exigencia de llevar libros laborales en formato físico o digital.
En materia de recibos de sueldo, la reglamentación establece que estos documentos deberán presentar una estructura uniforme con información detallada sobre salarios, aportes, contribuciones y costos laborales asociados.
Licencias médicas y desvinculaciones
Respecto a las licencias por enfermedad, las prescripciones médicas deberán emitirse de manera electrónica a través de plataformas digitales habilitadas. Solo se admitirán excepciones donde no exista conectividad o disponibilidad tecnológica.
En cuanto a las desvinculaciones, los acuerdos de finalización de la relación laboral podrán ser homologados siempre que se garantice la ausencia de irregularidades en el consentimiento de las partes y una adecuada protección de los derechos involucrados. La norma también instruye a ANSES a implementar un sistema que informe a los empleadores el inicio y cierre de los trámites jubilatorios de sus trabajadores.
Servicios eventuales e igualdad salarial
El decreto incorpora un apartado específico para las empresas de servicios eventuales, fijando límites para los períodos de inactividad entre asignaciones. Si no se otorga una nueva tarea dentro de los plazos previstos, el trabajador podrá considerarse despedido y reclamar las indemnizaciones correspondientes. Además, se ratifica el principio de igualdad salarial: los trabajadores eventuales no podrán cobrar menos que los empleados permanentes en funciones equivalentes.
Negociación colectiva
En materia de acuerdos colectivos, el decreto establece que las asociaciones empresarias deberán acreditar representación suficiente, con un piso mínimo equivalente al 10% de los trabajadores comprendidos en el sector. También se precisa el alcance de las obligaciones económicas previstas en los convenios, incorporando aportes, contribuciones, cuotas, retenciones y fondos específicos.
El recorrido legislativo
La Ley de Modernización Laboral había obtenido media sanción en el Senado en febrero de este año. Uno de sus artículos vinculados a las licencias por enfermedad generó controversias y fue retirado antes del tratamiento en Diputados. Tras las modificaciones introducidas en esa cámara, el proyecto volvió al Senado, donde fue aprobado con 42 votos afirmativos, 28 negativos y dos abstenciones.