Financiamiento universitario: la Justicia declaró inconstitucional el decreto que condicionaba la aplicación de la ley
El juez Martín Cormick hizo lugar a los amparos del Consejo Interuniversitario Nacional y de la UBA, e intimó al Gobierno a garantizar los fondos para salarios, becas y funcionamiento. El Ejecutivo anunció que apelará el fallo.
:format(webp):quality(60)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/congreso_1.webp)
La Justicia volvió a ordenarle al Gobierno nacional que cumpla con la Ley de Financiamiento Universitario (27.795). El juez a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, Martín Cormick, hizo lugar a los amparos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA), y declaró inconstitucional el decreto 759/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo promulgó la norma pero condicionó su implementación.
El fallo se conoció en la previa de una nueva Marcha Federal Universitaria.
Qué anuló el juez
La sentencia deja sin efecto la frase del decreto que establecía que la ley se promulgaba "sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 24.629". Esa norma, de Administración Financiera, dispone que toda ley que implique gastos debe prever expresamente su financiamiento y que, si no lo hace, su ejecución queda suspendida hasta que se incluyan las partidas en el Presupuesto.
El Ejecutivo utilizó el mismo argumento con la Ley de Emergencia en Discapacidad. Ambas normas fueron sancionadas por el Congreso, vetadas por el presidente Javier Milei y luego ratificadas por las dos cámaras mediante la insistencia, tras lo cual el Gobierno las promulgó con ese condicionante.
Los fundamentos del fallo
Cormick sostuvo que la Ley 27.795 sí establece cómo financiarse, ya que en su artículo 9 faculta al Ejecutivo a reasignar partidas presupuestarias sin afectar la coparticipación federal ni los aportes del Tesoro Nacional.
Además, consideró que suspender la aplicación de una ley a través de su decreto de promulgación constituyó un "mecanismo extraconstitucional" que funcionó, en la práctica, como una instancia de veto no prevista en la Constitución. Según el magistrado, una vez que el Congreso insistió con la norma, la única opción era su "promulgación irrestricta".
Tras recordar que el país no tuvo Presupuesto Nacional durante dos años, sino una prórroga del de 2023, el juez intimó al Gobierno a garantizar los fondos para actualizar los salarios docentes y no docentes, las becas y los gastos de funcionamiento de las universidades.
Los antecedentes
En diciembre del año pasado, el mismo juzgado había hecho lugar a una medida cautelar presentada por las universidades. En marzo la confirmó la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y, en junio, la Corte Suprema de Justicia la dejó firme.
La respuesta del Gobierno
La sentencia todavía puede ser apelada, y el Gobierno nacional ya anunció que recurrirá el fallo.