Copa Entre Ríos
El fallo de la protesta contra Libertad por parte de Roma de Ramirez salió en favor de "La Banda"
Se conocen los pormenores de la protesta que había entablado Roma de Ramírez contra el Club Atlético Libertad, por la supuesta indebida inclusión del jugador José Escalante que proviene de Larroque, tras la goleada que le propinó La Banda por 4-0
Paraná, 25 de Febrero de 2024 Protesta de partido Club Roma (Liga de Futbol de Nogoya). C/ Club Libertad (Liga de Futbol de Gualeguay).
VISTO:
la protesta presentada por el Club Roma/ Ramírez (Liga de Futbol Nogoya), contra el Club Libertad (Liga de Futbol de Gualeguay); por la supuesta mala inclusión del Jugador N° 18 Escalante José Daniel DNI N° 36.381.383 respecto al partido que disputaron el día Domingo 18 de Febrero /2024, correspondiente al Torneo Súper Copa Entre Ríos en cancha del Club del Club Libertad de la ciudad de Gualeguay, el que finalizara con cuatro (4) tanto (Club Libertad) cero (0) tantos (Club Roma). La protesta fue presentada en tiempo y forma, efectuándose el depósito por derecho de protesta que establece el Reglamento.
CONSIDERANDO:
Que, en fecha 20 de Febrero de 2024, el Club Roma /Ramírez (Liga Nogoya) solicita se aplique al Club Libertad la sanción de perdida de los puntos en dicho partido y la adjudicación de los tantos al Club Roma dado que considera la mala inclusión del jugador N° 18 Escalante José Daniel DNI N° 36.381.383.
Que la solicitud está fundada en la lista de buena fe que les fuera entregada el día del partido. Que acompaña como prueba las copias de la planilla del partido, lista de buena fe de forma indebida ya que es un Jugador inhabilitado para integrar dicho plantel por no tener el concedido (004) ya que verificada la carpeta de intercambios solo está el pedido de pase y en el sistema Comet esta fichado y verificado en el Club Larroque perteneciente a la Liga de Futbol de Gualeguaychu.
Que se presenta el Club Libertad (Liga de Gualeguay) argumentando que el pase del Jugador N° 18 Escalante José Daniel. se encuentra perfectamente habilitado a préstamo hasta la finalización de la Copa Entre Ríos 2024 y que es extemporáneo el reclamo del Club Roma al manifestar tres días más tarde que no se le entrego el concedido 004. Que acompaña como prueba,
1- Formulario 004 de fecha 08/01/2024 emitido por la Liga de Futbol de Gualeguaychú donde consta la concesión del pase del Jugador Escalante.
2- Boletín oficial de la Liga Dptal de Futbol de Gualeguay N° 1483 donde sale habilitado el Jugador Escalante.
3- Copia certificada por Escribano público del libro de Actas de la Liga de Gualeguay respecto al Acta N° 1930.
4- planilla de juego de fecha 18/02/2024 donde NO figura reclamo alguno por parte del Club Roma respecto al Formulario 004.
RESULTANDO
Que, vistas las pruebas acercadas por las partes, se entiende que el reclamo solicitado por el Club Roma /Ramírez (Liga de Nogoyá) NO ha de prosperar por los térmQue se ha podido cotejar toda la documentación presentada por el Club Libertad (Gualeguay). Que, se solicitó la documentación, que se debe enviar por correo postal o sobre a la Federación Entrerriana de Futbol, encontrándose con la documentación completa con todos los requisitos que exige el Reglamento. Por ello el Tribunal de la Federación Entrerriana de Futbol;
RESUELVE
1) Rechazar la protesta deducida por el Club Roma /Ramírez (Liga de Nogoya) contra su similar Club Libertad (Liga de Gualeguay) Art 32.33 RT.
2) El derecho de protesta queda a favor de la Tesorería de la FEF.
3) Comuníquese, publíquese y archívese.
ALBERTO GRILLI HORACIO METZ SECRETARIO PRESIDENTE
Tribunal de Disciplina de la FEF