El Tribunal de Penas resolvió la pérdida del partido entre Barrio Norte y Juventud y Ferrocarriles Unidos de Carbó
En su Boletín Oficial Nº 1164, correspondiente a la sesión ordinaria del 31 de octubre de 2025, el Tribunal de Penas de la Liga Departamental de Fútbol de Gualeguay emitió un fallo en relación al encuentro suspendido entre Barrio Norte y Juventud y Ferrocarriles Unidos de Enrique Carbó, correspondiente a la 3ª fecha, 2ª rueda, de la “Copa 50 Aniversario – Grupo El Rodeo”
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El partido, disputado el 19 de octubre en Gualeguay, fue interrumpido a los 39 minutos del segundo tiempo por el árbitro Sr. Méndez, quien informó la falta de garantías para continuar el encuentro. Al momento de la suspensión, el conjunto local, Barrio Norte, vencía por 3 a 1.
Tras los informes arbitrales y las presentaciones de descargo por parte de ambos clubes, el Tribunal decidió acumular los expedientes correspondientes a la suspensión del partido y a la protesta formalizada por el Club Juventud y Ferrocarriles Unidos de E. Carbó, con el objetivo de resolver de manera conjunta el caso.
Análisis del Tribunal
En su resolución, el Tribunal señaló que ambos clubes comparten responsabilidad en los hechos que derivaron en la suspensión.
En el caso del Club Atlético Barrio Norte, como entidad organizadora, se remarcó su obligación de garantizar la seguridad antes, durante y después del espectáculo deportivo.
Por su parte, al Club Juventud y Ferrocarriles Unidos de Carbó, el Tribunal le reprochó haber intentado obtener ventaja deportiva de la situación, presentando una protesta “con orfandad probatoria absoluta”, según el texto del fallo.
El cuerpo disciplinario consideró además que no se acreditaron las agresiones denunciadas por la institución visitante, al tiempo que el material fílmico aportado no evidencia hechos de violencia en el grado alegado. También se cuestionó la validez del certificado médico presentado, por carecer de elementos formales.
Asimismo, el Tribunal lamentó los incidentes observados en las filmaciones, donde menores arrojaron piedras y envases desde el sector visitante, calificando el hecho como un “penoso y lamentable accionar”.
La Resolución
Luego del análisis de las pruebas y testimonios, el Tribunal de Penas resolvió:
- Sancionar con la pérdida del partido a ambos equipos, sin aplicación del Artículo 152 del Reglamento de Transgresiones y Penas (referido a la registración del encuentro).
- Aplicar una multa al Club Atlético Barrio Norte equivalente a cincuenta entradas generales por tres fechas, en virtud de los incisos a) y b) del Artículo 80 del R.T.P.
- Disponer la publicación y archivo del expediente.
El fallo, firmado por los miembros Dr. Ángel S. Sap, Juan José Reyna, Nelson D. Burgo y Luciano Antonelli, reafirma el compromiso del Tribunal con los principios de equidad, justicia y juego limpio, pilares fundamentales para preservar la integridad de la competencia y el espíritu deportivo dentro del fútbol departamental