JUDICIALES
EDICTO S/ PITON JOSE ELEUTERIO Y BEATRIZ SANTA BENEDETTI
EDICTO N° 55/2 El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Gualeguay Nº 2 a cargo de la Dra. Rosa M. Fernandez, por la secretaria del Dr. Sebastián E. R. LEITES en autos caratulados “PITON JOSE ELEUTERIO Y BEATRIZ SANTA BENEDETTI" -Expte. Nº 1011.-, Cita y emplaza por el término de diez días que se contarán a partir de la ultima publicación del presente que se efectuará por TRES DIAS, a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Sra. Beatriz Santa Benedetti , D.N.I. 587.196 falleció en esta Ciudad de Gualeguay, el 17 de mayo de 2017.- A continuación se transcribe la parte pertinente que ordena el presente: /// leguay, 4 de mayo de 2023.- Proveyendo a fs. 250 (13/04/2023 12:07hs), por contestada vista en tiempo y forma, se tiene presente.- En consecuencia, atento lo solicitado, estado, constancias de autos y lo dictaminado por el MPF, estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, dispónese el trámite acumulado y DECRÉTASE la apertura del juicio sucesorio de doña BEATRIZ SANTA BENEDETTI, D.N.I. N° 587.196, fallecida el 17 de mayo de 2017, vecina que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial, llamando durante treinta días que se contarán a partir de la última publicación a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo y anúnciese por el diario "El Debate Pregón", llamando durante diez días por tres veces, que se contarán a partir de la última publicación.- Continúe la intervención del Ministerio Fiscal.- Líbrese oficio a la Dirección del Notariado comunicando la iniciación del presente, debiendo el mismo cumplir con los recaudos dispuestos por el Reglamento para el fuero Civil y Comercial del Poder Judicial de Entre Ríos - punto 5.5.2- y el Acuerdo S.T.J.E.R. del 14/02/1995-.- Procediéndose conforme el art. 13 del Reglamento N° 1 de Presentaciones Electrónicas, cargando el referenciado oficio y el formulario por mesa virtual.- Requiéranse informes a los Bancos locales.- A lo demás oportunamente.- Complétese carátula, dejándose las debidas constancias.- Notifíquese conforme arts. 1º y 4º Acordada 15/18 SNE. D.V. DRA. ROSA M. FERNANDEZ CAMPASSO JUEZA INTERINA La presente se suscribe mediante firma electrónica - Resolución STJER Nº 28/20, del 12/04/2020, Anexo IV-. - Se encuentra autorizado a diligenciar el presente el Dr. Rodrigo Elizalde y/o a quien este designe. - Saludo a usted muy atentamente Gualeguay, 8 de mayo de 2023. FDO. SEBASTIAN EUGENIO RAMON LEITES. SECRETARIO.