EDICTO N° 380/1
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, a cargo del Dr. FABIAN MORAHAN, Secretaría Única desempeñada por Dra. DELFINA M. FERNANDEZ, en autos "ROMERO DIEGO DARIO S/ SUCESORIO AB INTESTATO" Expte. Nº 12977, cita y emplaza por el término de diez días que se contarán a partir de la última publicación del presente que se hará por tres días en el diario local El Debate Pregón, a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROMERO DIEGO DARIO - DNI 16.858.563, fallecido el 7 de junio de 2025, vecino que fuera de esta ciudad, debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo. Como mejor recaudo se transcribe las partes pertinentes de la resolución que ordena el presente: “///leguay, 24 de abril de 2026. Proveyendo presentación electrónica de fecha 14/04/2026, por presentados MARIA INÉS BAEZ, MARIA JOSE ROMERO, JUANA CAMILA ROMERO y TERESITA DEL CARMEN ROMERO, todos por derecho propio, con el patrocinio letrado de las Dras. ALICIA M. R. VESCINA y MARIA EUGENIA VESCINA, con domicilio real denunciado y legal constituido, documental acompañada, por parte en el carácter invocado, acordándoseles la correspondiente intervención. Hágase saber al presentante que deberá preservar los
originales de la documental acompañada electrónicamente, que obran en su poder en razón de que la presentación de los mismos puede ser requerida oportunamente tanto por este Juzgado o por parte interesada. Estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de DIEGO DARIO ROMERO, fallecido en fecha 07/06/2025, vecino que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial - conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente… FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1”Gualeguay, de mayo de 2026.