Será sometido a un nuevo juicio en Gualeguay
El eterno derrotero judicial del fallo contra Pavón
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La sentencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos, Sala N° 1 en lo Penal emitida este viernes resuelve la causa contra Néstor Pavón por el femicidio de Micaela García, luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ordenara un nuevo pronunciamiento.
La novedad principal del fallo de este viernes es que ratifica la decisión de la Corte y deberá realizarse un nuevo juicio contra Pavón en Gualeguay en el que no podrá participar ninguno de los letrados que integró el Tribunal del año 2017 ni tampoco quienes actuaron en el Ministerio Público Fiscal.
Antecedentes
La sentencia recapitula la secuencia de decisiones que ya llevan ocho años de idas y vueltas. En el juicio que se realizó en septiembre y octubre de 2017 en los Tribunales de Gualeguay, Fiscalía y Querella acusaron a Wagner y Pavón como coautores del delito de Abuso Sexual con Acceso Carnal en concurso ideal con Homicidio Agravado (por alevosía, criminis causa y violencia de género). Subsidiariamente, y como tesis alternativa, acusaron a Pavón como autor de Encubrimiento Agravado de Wagner.
La Sentencia del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay del 17 de octubre de 2017 condenó a Wagner a Prisión Perpetua, pero a Pavón lo declaró autor material y penalmente responsable del Encubrimiento Agravado, condenándolo a cinco años de prisión de cumplimiento efectivo. Esta decisión se entendió como una absolución implícita respecto de la participación de Pavón en el abuso y homicidio. La familia de Micaela y el MPF apelaron.
Sentencia de Casación y primer fallo del STJ
El 21 de mayo de 2019 la Cámara de Casación Penal hizo lugar a los recursos de casación del MPF y la querella, anulando lo decidido en torno a la intervención de Pavón, y ordenó la remisión de la causa a la instancia de grado para que un Tribunal debidamente integrado realizara un nuevo juicio oral y dictara sentencia ajustada a derecho en relación con Pavón.
Sin embargo, en julio de 2020, la Sala Penal 1 del STJ (integrada por Daniel Carubia, Claudia Mizawak y Miguel Ángel Giorgio) dejó sin efecto lo resuelto por la Cámara de Casación Penal y ratificó la condena por encubrimiento para Pavón. Nuevamente, la familia de Micaela y la Fiscalía apelaron hasta llegar al máximo tribunal, la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La Corte hizo lugar a esas quejas interpuestas, declarando procedentes los recursos y dejando sin efecto la sentencia dictada en 2020 por el STJ.
Es importante destacar entonces que el fallo de este viernes de la Sala Penal del STJ (integrada por Susana Medina, Laura Soage y Carlos Tepsicho) contradice aquel otro del mismo STJ. Se dicta en cumplimiento de lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La mirada de la defensa
La defensa de Pavón argumentó que los recursos de casación del MPF y la querella debieron ser declarados inadmisibles. Sostuvo que al haber sido acogida la acusación alternativa (Encubrimiento Agravado) y habiéndose impuesto la pena solicitada para ese delito (cinco años de prisión), la acusación carecía de facultades para recurrir. También alegó que ordenar un nuevo juicio oral importaba una “doble persecución penal” violando la garantía constitucional ne bis in idem.
Esto fue rechazado por la Corte dado que esta garantía solo rige frente a sentencias firmes (pasadas en autoridad de cosa juzgada). En este caso, la sentencia absolutoria respecto al hecho principal fue recurrida y anulada por la Casación debido a graves vicios en la fundamentación. Por lo tanto, no se está ante una sentencia firme, y la anulación no violenta la prohibición de ser perseguido dos veces por el mismo hecho.
La defensa sostuvo que la Casación no demostró la existencia de arbitrariedad en el fallo de juicio y que se había excedido al revalorar la prueba sin inmediatez. El STJ en su fallo de este viernes confirmó que la Casación había identificado numerosos errores argumentales y una arbitraria valoración de la prueba por parte del Tribunal de Juicio. Destacó que incurrió en errores al dividir la prueba entre los imputados, descartar de plano el pacto de silencio, y dejar sin respuesta la pregunta sobre si Pavón se estaba autoencubriendo. Señaló que la conclusión absolutoria fue posible solo por haber considerado los indicios de forma “fragmentada y aislada”, lo cual autoriza la descalificación del fallo por la doctrina de la arbitrariedad. Esta revisión de racionalidad es exigible, especialmente teniendo en cuenta el compromiso de actuar con la debida diligencia para investigar y sancionar la violencia contra la mujer.
La decisión final del STJ
En concordancia con el mandato de la Corte Suprema este viernes la Sala N° 1 del STJ, por unanimidad resolvió:
RECHAZAR la impugnación extraordinaria interpuesta por la defensa técnica de Néstor Roberto Pavón contra la Sentencia de la Sala I de la Cámara de Casación Penal.
CONFIRMAR la sentencia de Casación.
Como consecuencia, se ANULA la sentencia del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay en lo que respecta a Pavón.
REMITIR la causa al Tribunal de Juicio correspondiente para que un Tribunal debidamente integrado, extremando el rigor en el examen del asunto, proceda a realizar un nuevo juicio oral y dicte una nueva sentencia ajustada a derecho en relación con Pavón.