Caso Jesús Fernández
El STJ revocó la prisión preventiva de un condenado a prisión perpetua por homicidio en Gualeguay
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Polémica decisión judicial: el máximo tribunal provincial confirmó la condena a perpetua de Luis Francisco Tellechea pero ordenó su liberación al considerar infundado el riesgo de fuga.
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) volvió a intervenir en una de las causas penales más resonantes de Gualeguay. Este miércoles, la Sala Penal del máximo órgano judicial anuló parcialmente la condena dictada por un jurado popular contra cuatro personas por el homicidio de Jesús Leonardo Fernández y las lesiones sufridas por Valeria Velarde durante los festejos de Año Nuevo de 2022.
La resolución generó profunda controversia, especialmente entre los familiares de las víctimas, ya que el fallo revocó la prisión preventiva de Luis Francisco Tellechea, condenado a prisión perpetua como coautor del homicidio agravado por alevosía, al entender que no estaba debidamente acreditado el riesgo de fuga.
Los hechos
El violento episodio ocurrió la madrugada del 1º de enero de 2022 en el parque Quintana de Gualeguay, cuando al menos quince personas agredieron a Fernández, quien recibió siete puñaladas —tres de ellas letales— que le provocaron la muerte por hemorragia masiva. En el mismo contexto, Valeria Velarde también fue brutalmente golpeada, aunque logró sobrevivir.
En el juicio por jurados, Tellechea fue condenado a prisión perpetua, mientras que Roxana Andrea Rodríguez y Gisela Vanesa Ovelar recibieron 10 años de prisión por tentativa de homicidio agravado por alevosía. Una menor de edad fue responsabilizada por tentativa de homicidio simple.
Los planteos de las defensas
Tras la confirmación de las condenas por parte de la Cámara de Casación Penal en abril de 2024, las defensas de los acusados presentaron un recurso de impugnación extraordinaria ante el STJER.
Los abogados de Tellechea y Rodríguez alegaron indefensión, arbitrariedad en la valoración de la prueba y disparidad en las condenas. Además, cuestionaron la prisión preventiva del principal acusado, sosteniendo que había mantenido una conducta procesal “intachable” y que tenía arraigo en la ciudad.
La postura de la Fiscalía
Los fiscales Gamal Taleb y Rodrigo Molina se opusieron al planteo, argumentando que la condena estaba plenamente fundada y que la magnitud de la pena impuesta justificaba mantener la prisión preventiva, dado el riesgo cierto de fuga.
El fallo del Superior Tribunal
La votación en la Sala Penal estuvo dividida. El vocal Miguel Giorgio votó en disidencia, avalando la decisión de Casación y la continuidad de la prisión preventiva.
Sin embargo, las vocales Claudia Mizawak y Daniel Carubia conformaron la mayoría y coincidieron en que hubo inconsistencias en la valoración jurídica del segundo hecho, referido al ataque contra Velarde. Señalaron que el jurado no recibió instrucciones claras sobre el concepto de coautoría y dolo común, lo que derivó en condenas “manifiestamente inconciliables” entre los distintos partícipes.
En consecuencia, el STJER recalificó el delito de tentativa de homicidio agravado por alevosía que pesaba sobre Rodríguez, Ovelar y la adolescente, reduciéndolo a lesiones leves agravadas por alevosía, y ordenó reenviar la causa al Tribunal de Juicio de Gualeguay para fijar nuevas penas.
Tellechea, sin prisión preventiva
En cuanto a la situación de Tellechea, la mayoría del tribunal entendió que la prisión preventiva carecía de fundamentos objetivos sobre el riesgo procesal. “La gravedad del delito no puede ser el único motivo para mantener la detención”, sostuvo Mizawak.
Por ello, el STJER revocó la prisión preventiva y dispuso su liberación inmediata, medida que generó fuerte rechazo entre los allegados a las víctimas.
Sin embargo, en horas de la noche se llevó a cabo una audiencia en el Tribunal de Juicio de Gualeguay, donde se resolvió imponerle a Tellechea la prisión domiciliaria con tobillera electrónica, evitando así que recupere la libertad plena.
Repercusiones
El fallo volvió a encender el debate sobre los alcances del juicio por jurados en Entre Ríos y las garantías procesales frente a delitos graves. Familiares de las víctimas manifestaron su indignación por la resolución y pidieron una revisión “integral y transparente” del caso.
Mientras tanto, el proceso judicial continuará con el reenvío al tribunal de origen para determinar las nuevas penas de las coimputadas, en tanto que Tellechea cumplirá prisión domiciliaria a la espera de la resolución definitiva.