Sostienen su participación en el femicidio de Micaela
La familia de Micaela destacó la “oportunidad de volver a realizar el juicio contra Pavón”
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A través de la Fundación Micaela García “La Negra”, espacio en el que hacen actividades de capacitación para erradicar la violencia de género y siguen con el trabajo social de la joven, se expresaron luego de conocerse el fallo del STJ.
La familia de Micaela García se enteró de la resolución del Superior Tribunal de Justicia a través de los medios. Era algo esperable por la decisión había tomado la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su sentencia de diciembre del año pasado. Sin embargo, es uno de los últimos pasos previos para que se haga efectivo el juicio.
Justicia por Micaela: un nuevo juicio a Néstor Pavón
Compartimos el comunicado de la Fundación:
“Hoy 26/09 salió una sentencia que nos da la oportunidad de volver a realizar el juicio contra Pavón por su responsabilidad y participación en el Abuso Sexual y Femicidio de la Negra.
La máxima instancia provincial, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, rechazó el intento de la defensa de Néstor R. Pavón de mantener condena menor por encubrimiento, y ratificó que el imputado debe ser sometido a un NUEVO JUICIO oral para que se reevalúe su participación en el Abuso Sexual seguido de Muerte -Femicidio-, de Micaela García.
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, emitió una nueva sentencia donde CONFIRMÓ la sentencia previa que había dispuesto la nulidad parcial de la condena original de Pavón, ordenando un Nuevo Juicio Oral en lo que respecta a la intervención de Pavón, y dictaminando dictar una nueva sentencia ajustada a derecho.
La sentencia inicial anulada había condenado a Pavón únicamente por el delito de Encubrimiento Agravado a cinco años de prisión, absolviéndolo implícitamente del delito principal de Abuso Sexual con Acceso Carnal en concurso ideal con Homicidio Agravado (Femicidio).
La Corte Suprema de Justicia consideró que la sentencia original que lo había absuelto del delito más grave (Femicidio) contenía graves vicios, una "deficiente o arbitraria valoración de la prueba" y "errores argumentales".
Esta decisión subraya la necesidad de cumplir con la debida diligencia en la investigación y sanción de hechos de violencia de género, en consonancia con la Convención de Belém do Pará y la Ley Micaela”.