Se aprobó en el Concejo Deliberante la Reforma de la Caja de Jubilaciones Municipal
El Concejo Deliberante debatió y aprobó modificaciones sustanciales a la Ordenanza N° 2555/09. La norma aprobada este jueves eleva aportes y contribuciones, extiende la edad jubilatoria con una cláusula transitoria de diez años para resguardar derechos adquiridos, e incorpora un freno legislativo frente a eventuales decretos de emergencia del Ejecutivo.
:format(webp):quality(60)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/concejo_deliberante.webp)
La sustentabilidad del sistema previsional local volvió a ser el eje central de la discusión política e institucional en el municipio de Gualeguay. Con el tratamiento del Expediente N° 086/26, el Honorable Concejo Deliberante introdujo cambios estructurales a la Ordenanza N° 2555/09, marco normativo que rige la Caja de Jubilaciones y Pensiones Municipal.
La medida responde a una urgencia económica de fondo: el déficit operativo que amenaza la liquidez del organismo y compromete, a mediano y largo plazo, tanto la liquidación de los haberes vigentes como la cobertura de los trabajadores activos que prevén retirarse. El texto final es el resultado de un intenso proceso de negociación en comisión donde intervinieron ediles, representantes del Sindicato de Trabajadores Municipales y el Secretario de Gobierno.
Nuevo esquema de financiamiento
El detalle económico de la nueva ordenanza implica la modificación integral del artículo 15 de la norma madre (Ordenanza N° 2555/09). Allí se redesignan las fuentes de financiamiento del fondo previsional para hacer frente al desfase patrimonial:
- Aumento del aporte personal al 16%: La alícuota sobre el total de sueldos de cualquier índole que perciben los agentes municipales comprendidos en el sistema se fija en un 16%.
- Contribución patronal del 20%: La Municipalidad de Gualeguay junto con la propia Caja de Jubilaciones, deberán ingresar mensualmente una contribución equivalente al 20% sobre el total de los conceptos remunerativos que abonen a su respectivo personal.
- Aporte extraordinario por única vez para ingresantes:
Ante cada incorporación a la planta, todo nuevo agente retenedor estará sujeto a un aporte por única vez equivalente al 200% de la remuneración total sujeta a aportes del primer mes laboral (o el equivalente a 24 jornales para el personal abocado a dicha modalidad). Para atenuar el impacto inicial en el bolsillo , dicho monto será retenido en 18 cuotas mensuales y consecutivas, las cuales se actualizarán en la misma proporción en que varíe la remuneración del agente.
- Exigibilidad, plazos y sanciones por mora patronal: Las sumas retenidas a la masa salarial deberán ser depositadas en las cuentas bancarias de la Caja dentro de los 10 días corridos de abonados los sueldos.
Requisitos para la jubilación ordinaria
La reforma sustituye el artículo 24 de la Ordenanza N° 2555/09 y diferencia dos regímenes de jubilación ordinaria según la trayectoria contributiva:
-Régimen general: Exige 65 años de edad para los varones y 60 años para las mujeres, requiriéndose en ambos casos 30 años de servicios efectivos con aportes.
- Régimen exclusivo municipal: Para aquellos agentes que hayan prestado servicios y aportado en forma exclusiva, fehaciente e ininterrumpida a la Municipalidad de Gualeguay o a la propia Caja durante 30 años, la edad mínima requerida disminuye a 62 años para los hombres y 57 años para las mujeres.
Según dispone la norma, los nuevos parámetros de edad jubilatoria afectarán únicamente a aquellos afiliados que a la fecha de entrada en vigencia de la ordenanza registren una antigüedad igual o inferior a 10 años. Los demás conservarán el derecho a acceder al beneficio previsional conforme a las edades fijadas en la redacción anterior de la Ordenanza N° 2555/09.
El debate legislativo: modificaciones y contrapesos
El paso de la iniciativa por las comisiones del Concejo Deliberante marcó cambios. Una de las principales intervenciones se concentró en la redacción del inciso L del artículo 15, que regula las facultades del Departamento Ejecutivo Municipal en escenarios de crisis o emergencia económica. Originalmente, el marco normativo abría la posibilidad de que el Ejecutivo pudiera fijar aportes o retenciones extraordinarias en situaciones críticas. No obstante, los concejales modificaron el texto para condicionar la potestad del DEM.
Al respecto, la concejal Marisol Gómez detalló los alcances del trabajo en comisión y las modificaciones introducidas al proyecto original:“Al proyecto original que había subido el Ejecutivo le hicimos ciertas reformas. Hubo reuniones donde estuvo el sindicato, el secretario de Gobierno y se trabajó en las comisiones. En relación al inciso L del artículo 15, lo que se reformó y se agregó a lo último fue que todo aporte personal o patronal extraordinario deba ser obligatoriamente 'a referéndum del Concejo'.
Esto se hizo para que, si en algún momento se decide modificar o aumentar nuevamente porcentajes por alguna emergencia en la Caja, el Ejecutivo no lo pueda hacer por simple decreto sin pasar por la aprobación del Concejo Deliberante. Buscamos evitar que una declaración de emergencia le dé vía libre al Ejecutivo para actuar de manera unilateral sobre los recursos o los aportes.”
Otras posturas
Por su parte, la concejal Micaela Cevasco expuso su visión política sobre el acompañamiento de la norma, remarcando la necesidad de conectar la discusión previsional con la realidad salarial de los empleados públicos locales.
A través de sus redes y en el marco del recinto, Cevasco remarcó que el estado financiero de la institución exigía medidas urgentes, aunque supeditó la sustentabilidad previsional a la recomposición del salario básico del agente municipal:
“La situación financiera de la Caja nos obliga a actuar; no podemos ignorar el déficit ni mirar para otro lado porque detrás de esos números hay jubilados que tienen que cobrar todos los meses y trabajadores que esperan garantizar su derecho a retirarse”, expresó la legisladora.
Asimismo, Cevasco hizo hincapié en el criterio de gradualidad que se logró plasmar en la ordenanza:“Considero fundamental que la reforma alcance a quienes tienen diez años o menos de antigüedad, sin trasladar el impacto de la misma manera a quienes han construido su vida laboral bajo las reglas anteriores. Pero no podemos hablar de aportes y jubilaciones sin hablar de los salarios municipales. Hay trabajadores que cobran sueldos bajos y tienen dificultades para llegar a fin de mes; cualquier esfuerzo adicional debe ir acompañado de una política salarial que contemple esa realidad”.
Cerrando su postura, la edil puntualizó que su respaldo a la norma no constituye un aval incondicional:“Mi voto positivo no es un cheque en blanco. Acompañar una reforma significa asumir la responsabilidad de buscar una solución para cuidar la Caja y proteger a los jubilados, pero sin dejar de controlar, reclamar ni señalar lo que falta. No hay justicia previsional si nos olvidamos de cómo viven hoy quienes sostienen con su trabajo al