Adopción
Adopciones en Entre Ríos: se concretan 50 por año, pero faltan familias para casos especiales
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El Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción de Entre Ríos (RUAER) informó que, en casi 15 años de funcionamiento, más de 700 niños, niñas y adolescentes han sido recibidos en guarda por familias entrerrianas. La cifra equivale a un promedio de 50 adopciones por año, aunque persisten desafíos importantes para encontrar familias dispuestas a adoptar grupos de hermanos o niños con discapacidad.
Creado por la Ley 9.985, promulgada el 3 de septiembre de 2010, el RUAER comenzó a operar el 1º de diciembre de ese año y desde entonces ha trabajado con diversas conformaciones familiares: parejas del mismo o distinto sexo, familias monoparentales y personas de distintos credos, edades y niveles socioeconómicos. Los únicos requisitos son residir en la provincia y estar dispuestos a asumir la crianza desde una comprensión profunda de la complejidad que implica la adopción.
Sin embargo, más del 85% de las personas inscriptas sólo manifiesta disponibilidad para adoptar niños de hasta tres años, apenas un 17% acepta la posibilidad de adoptar a personas con discapacidad o enfermedades, y son muy pocos los casos dispuestos a integrar grupos de tres o más hermanos.
Frente a estas limitaciones, el RUAER impulsa estrategias complementarias, como el Dispositivo de Referentes de Cuidado y Acompañamiento, cuyo nuevo proceso de inscripción se abrirá próximamente, con el objetivo de garantizar el derecho de los niños a crecer en entornos afectivos y seguros.
El trabajo del Registro se guía por los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño y el Código Civil y Comercial de la Nación, que establecen el interés superior del niño como criterio prioritario en todo proceso de adopción. Cada aspirante es evaluado por un Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI), que realiza entrevistas y capacitaciones antes de emitir un diagnóstico sobre su aptitud.
Entre los aspectos fundamentales de la normativa se destacan el respeto por el derecho a la identidad, la preservación de los vínculos fraternos, la prioridad de mantener lazos entre hermanos y el derecho del niño o adolescente a ser escuchado. Desde los 10 años, además, se requiere su consentimiento expreso para avanzar en el proceso de adopción.