Entre Ríos promulgó la ley que elimina las pensiones de privilegio
La Ley N° 11.308 derogó el régimen vigente desde 1966 y estableció incompatibilidades para los beneficios ya otorgados. El Poder Ejecutivo tiene ahora 90 días para reglamentarla.
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Una ley que deroga el régimen anterior
La ley que elimina las pensiones de privilegio en Entre Ríos quedó promulgada tras la publicación de la Ley N° 11.308 en el Boletín Oficial N° 28.422. La norma, aprobada por la Legislatura el 2 de septiembre, derogó definitivamente el régimen establecido por la Ley N° 4.506 y sus modificatorias.
La nueva legislación determinó que funcionarios y empleados públicos provinciales, municipales o comunales no podrán acceder a pensiones especiales o graciables por fuera del sistema jubilatorio ordinario contemplado en la normativa vigente.
La promulgación fue realizada por el gobernador Rogelio Frigerio, junto al ministro de Gobierno y Trabajo, Manuel Troncoso.
Qué ocurrirá con las pensiones ya otorgadas
La Ley N° 11.308 estableció que los beneficios reconocidos antes de la entrada en vigencia de la nueva normativa continuarán abonándose. Además, se mantendrá el derecho a pensión para el cónyuge supérstite y los hijos menores en caso de fallecimiento del beneficiario.
Sin embargo, para esas prestaciones se fijó un régimen de incompatibilidades. El cobro no podrá coexistir con cargos, empleos o contratos remunerados en los Estados nacional, provincial, municipal o comunal, salvo en el ejercicio de la docencia. También será incompatible con la percepción de otros beneficios de carácter asistencial o graciable. Quienes se encuentren en esa situación deberán optar entre suspender la pensión o renunciar a la remuneración del cargo público.
Qué pasará ante una incompatibilidad
Si el beneficiario no ejerce esa opción, la Caja de Jubilaciones y Pensiones quedará facultada para suspender de oficio la prestación y podrá avanzar sobre el recupero de las sumas percibidas indebidamente, con los intereses correspondientes.
La prohibición no alcanzará a las prestaciones derivadas de la Ley N° 7.849 de Mérito Cultural ni a las contempladas por la Ley N° 9.216 para Héroes Entrerrianos Veteranos de Malvinas.
Los próximos pasos
Tras la promulgación, el Poder Ejecutivo tendrá un plazo máximo de 90 días corridos para reglamentar la Ley N° 11.308 y establecer los mecanismos necesarios para su implementación. La eliminación de este régimen había sido presentada por el Gobierno provincial como parte de su política de supresión de beneficios especiales vinculados a cargos políticos.