Jubilados provinciales: sus aumentos seguirán las subas generales de los docentes
La Caja de Jubilaciones reglamentó el nuevo sistema de movilidad. Solo se trasladarán los incrementos remunerativos y de alcance general del escalafón con más aportantes, que hoy es el del Consejo General de Educación.
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La Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos reglamentó el nuevo mecanismo de movilidad para jubilados y pensionados provinciales y definió qué aumentos salariales de los trabajadores activos se trasladarán a los haberes. La medida alcanza a todos los beneficiarios del sistema previsional entrerriano, incluidos los de Gualeguay.
A través de una resolución, el organismo reglamentó el artículo 71 de la Ley N° 8.732, modificado por la Ley N° 11.302. Según lo dispuesto, el índice de movilidad se calculará tomando en cuenta exclusivamente los incrementos salariales de carácter remunerativo y de alcance general que reciba el escalafón con mayor cantidad de aportantes. En la actualidad, ese lugar corresponde al personal del Consejo General de Educación (CGE).
Qué conceptos quedan afuera
La resolución aclara que no todo lo que perciban los trabajadores del escalafón de referencia se trasladará a los jubilados. Quedan excluidos los rubros especiales o particulares vinculados con la función, el cargo, la antigüedad diferencial, la zona, la dedicación o las condiciones de trabajo propias de ese sector.
Tampoco se computarán las sumas no remunerativas. Según los fundamentos de la norma, esto se debe a que esos montos no forman parte de la base sobre la que se calculan los aportes personales y las contribuciones patronales al sistema previsional. Con este criterio, la Caja busca que solo generen movilidad los conceptos salariales sobre los cuales se realizaron aportes.
Aumentos en cuotas
En el caso de que las paritarias establezcan aumentos escalonados, cada tramo, cuota o etapa generará la movilidad correspondiente para los jubilados en el mismo momento en que se aplique a los trabajadores activos. Cada actualización se calculará sobre el haber vigente al momento de aplicarse.
Cómo se comunicará cada actualización
Una vez homologado el acuerdo paritario, la Presidencia de la Caja deberá dictar un acto administrativo que fije el índice de movilidad, detalle qué conceptos se computaron y cuáles se excluyeron, y establezca desde qué mes regirá el aumento. El porcentaje deberá publicarse en la página oficial del organismo dentro de los diez días hábiles posteriores a la homologación.
Cabe aclarar que la reglamentación no fija por sí misma un porcentaje de aumento, sino que define el mecanismo para calcular las futuras actualizaciones.
El escalafón de referencia podría cambiar
Si bien hoy el CGE concentra la mayor cantidad de aportantes, la situación se revisará de manera periódica. El Área de Contabilidad Central deberá informar todos los meses a la Presidencia la evolución de los aportantes de cada escalafón.
Si otro sector pasara a reunir más aportantes, el cambio deberá establecerse mediante una nueva resolución y regirá a partir del mes siguiente, sin afectar las movilidades ya otorgadas.
Cambios en los recibos
La resolución también modifica los recibos de haberes. Desde la liquidación correspondiente a septiembre de 2026, se utilizará un código para identificar el haber previsional y otro distinto para los incrementos por movilidad. La suma de ambos conformará el haber sobre el cual se aplicarán las siguientes actualizaciones.
Por su parte, las cuotas de retroactivos ya reconocidos y aprobados por resolución seguirán liquidándose de manera complementaria o bajo la modalidad que determine la Presidencia de la Caja.