Trata sexual en Gualeguaychú: tras 14 años, sobreseyeron a dos mujeres y un imputado irá a juicio
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná declaró extinguida la acción penal por prescripción para dos mujeres en una causa iniciada en 2012, pero rechazó el sobreseimiento de un hombre, quien deberá enfrentar un juicio oral. En la causa ya hubo una condena en 2023 mediante juicio abreviado.
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La resolución del tribunal
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná resolvió declarar extinguida la acción penal y sobreseer a María Luisa Vidal Rueda y Susana Ester Landaburo en una causa por trata de personas con fines de explotación sexual que inició hace 14 años en Gualeguaychú. Por el contrario, el tribunal rechazó el pedido de sobreseimiento para Rubén Darío Mendoza, quien deberá enfrentar un juicio oral una vez que las partes presenten su lista de testigos. En esta causa hubo una condena en 2023 mediante el sistema de juicio abreviado.
Según la resolución a la que accedió UNO, fechada el 5 de agosto de 2026, la decisión se fundamentó en el paso del tiempo sin que el Estado ejerciera su potestad punitiva. Según la defensa, los hechos investigados ocurrieron el 18 de noviembre de 2012 y el último acto que interrumpió los plazos de prescripción fue la citación a juicio el 21 de noviembre de 2014.
Dado que el delito imputado —trata de personas mayores de edad agravado— prevé una pena máxima de diez años, y que desde 2014 no se registraron nuevos actos procesales con capacidad de interrumpir o suspender el curso de la prescripción, el tribunal consideró que el plazo legal se encontraba ampliamente cumplido. En consecuencia, se determinó que la acción penal estaba extinguida para Vidal Rueda y Landaburo. La decisión fue rubricada por la jueza Mariela Emilce Roja y Mario Jorge Gambacorta.
La causa que inició en 2012 y tuvo una condena en 2023
Esta resolución se da en el marco de una causa que ya tuvo condenas previas. En 2023, mediante un juicio abreviado en el que se reconocieron los hechos, Juan Ramón Gregorio Landaburo fue condenado a cuatro años de prisión domiciliaria como autor del delito de trata de personas con fines de explotación sexual, en su modalidad de captación, traslado y acogimiento, habiendo mediado aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad y agravado por el número de víctimas.
La investigación se originó tras una denuncia en 2012, formulada por una representante de la Organización Civil "Mujeres en Acción", que alertaba sobre la explotación de mujeres jóvenes en los locales nocturnos, bajo la fachada de whiskerías, "Caburé II" y "Caburé III", ubicado en el kilómetro 54 de la Ruta Nacional N° 14 y en la Ruta N° 20 en cercanías de la localidad de Escriña, respectivamente, ambos en el departamento Gualeguaychú. La maniobra delictiva consistía en la captación y traslado de mujeres, principalmente oriundas de la provincia de Misiones, quienes eran obligadas a ejercer la prostitución.
Según las tareas de inteligencia de la Policía Federal, las víctimas vivían en los mismos locales donde eran explotadas, bajo custodia las 24 horas y, en ocasiones, con sus documentos retenidos. Eran rotadas cada veinte días entre los distintos locales propiedad de los cabecillas y no podían salir del prostíbulo ni elegir a sus clientes.
Una red que involucraba a familiares directos
Según se desprende del fallo de juicio abreviado de 2023, mientras Juan Landaburo y su esposa María Luisa eran señalados como propietarios de las whiskerías y el Hotel Amancay, ubicado en calles 25 de Mayo y Alem de Gualeguaychú, Susana Landaburo, hermana de Juan, era sindicada como la encargada en los locales.
El paso del tiempo jugó a favor de las mujeres, quienes finalmente fueron sobreseídas por la prescripción de la acción penal. En tanto, Mendoza, el único que será enviado a juicio, es señalado como el encargado de la whiskería "El Caburé III". El sujeto cuenta con un antecedente penal: el 5 de diciembre de 2023 fue condenado a dos años y un mes de prisión condicional por el delito de lesiones leves agravadas contra su pareja y por mediar violencia de género y amenazas coactivas.