Fumigaciones
Fumigaciones: la Corte dejó sin defensa a más de mil escuelas rurales en Entre Ríos
El máximo tribunal rechazó un amparo sin justificación y achicó a 150 metros la distancia de fumigación sobre escuelas rurales.
Más de mil escuelas rurales entrerrianas han quedado desprotegidas de los nocivos efectos de las fumigaciones en los campos. La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) decidió rechazar un amparo presentado por dos entidades ambientales de la provincia para establecer una zona de no vaporización de al menos mil metros para el rociado terrestre y de 3 mil metros para el rociado aéreo. Con la decisión del máximo organismo judicial del país, ahora la línea de cobertura será de apenas 150 metros.
Como si fuera poco, los privilegios de la Corte Suprema se ponen nuevamente de manifiesto en este fallo. Como todo órgano que se maneja discrecionalmente y con actitud monárquica, no sólo se tomó cuatro años para dormir el amparo, sino que además decidió darlo de baja poniendo como argumento el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que reza: "La Corte, según su sana discreción, y con la sola invocación de esta norma, podrá rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia". Es decir, lo rechazó porque sí, sin intenciones de explicar por qué.
El debate en torno a los agroquímicos y su aplicación en zonas rurales cercanas a establecimientos escolares entrerrianos no es nuevo. Hace varios años que el Foro Ecologista y un grupo de docentes nucleados en la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos -Agmer- vienen luchando para que se establezcan perímetros más amplios. No es una cuestión caprichosa: en más de una ocasión comunidades educativas enteras han sido literalmente fumigadas por aviones que sobrevuelan la zona tirando productos químicos. El más habitual, el glifosato. Esa batalla llevó a un recurso presentado en la Justicia, que tuvo eco en un juez de primera instancia que reglamentó los mil metros terrestres y los 3 mil aéreos. Las apelaciones de la Mesa de Enlace llevaron a que tuviera que expedirse el Superior Tribunal de Justicia (STJ), que decidió en 2018 no quedar mal con nadie, como suele suceder cuando hay tantos intereses en juego: le dio lugar al pedido, pero le tiró la pelota al Poder Ejecutivo, para que reglamentara las distancias. En medio de un fuerte lobby de dirigentes rurales presionando con tractorazos y manifestaciones frente a la Casa Gris, el gobierno elaboró el Decreto 2.239, que puso como coto los 150 metros. Naturalmente la lucha judicial tuvo su curso hasta la Corte Suprema, que más de 1.200 días después decidió rechazar de plano lo solicitado, no dar explicaciones y dejar sin resguardo a estudiantes y docentes.