Entre Ríos: freno a la informalidad Ordenanza 11.799/2013
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa la sanción de la Ordenanza Nº 11.799/2013 en la Municipalidad de Gualeguaychú con fecha 9 de mayo de 2013, luego de una ardua tarea impulsada de manera incansable por la entidad junto al Centro de Defensa Comercial e Industrial de Gualeguaychú.
La normativa tiene como objetivo regular el emplazamiento, instalación y funcionamiento de los complejos comerciales no convencionales, ferias, mercados o similares, en sus distintos tipos, comúnmente denominados "Saladitas". El fundamento reside en intentar frenar la informalidad en los comercios minoristas, dado el alto crecimiento de la venta ilegal que existe en todo el país.Acceda a la Ordenanza N° 11.799/2013Dicha disposición establece una rígida reglamentación del uso del espacio y stands de venta instalados en las ferias. Dispone, entre otras cuestiones, la obligatoriedad de las siguientes pautas:1.La habilitación municipal de los complejos comerciales no convencionales, ferias, mercados, en forma previa al inicio de actividad.2.Cada titular de puesto deberá contar con una habilitación municipal previa de su puesto y/o stand para desarrollar la actividad. Y sólo podrán ser explotados por su titular.Para el trámite de habilitación correspondiente, el titular del puesto deberá acreditar su condición fiscal, un año de residencia en la ciudad, cumplir con las condiciones técnicas y bromatológicas que se le exijan.3.Las personas habilitadas deberán cumplir todas las obligaciones de la seguridad social. Y el titular del puesto deberá cumplir con las obligaciones fiscales nacional, provincial o municipal.4.En todos los casos se deberá acreditar el origen de la mercadería mediante la factura y documentación contable respectiva.
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