Se destaca que se prohíbe la comercialización en forma absoluta de carnes o productos cárnicos en todo el ejido de la Municipalidad de Larroque, estableciendo la obligatoriedad de que la procedencia de la carne o subproductos debe ser de frigoríficos autorizados por autoridades competentes.Los carniceros pueden elaborar chacinados y derivados, siempre que losproductos utilizados provengan de frigoríficos autorizados.La sección Bromatología, Veterinaria Municipal y Policía de la Provincia tienen a cargo el control de comercialización, abastecedores y/o transportistas. Las infracciones a la presente reglamentación y demás disposiciones que se dicten en consecuencia serán pasibles de sanciones que fijara el Departamento Ejecutivo Municipal, adhiriendo a la Ley Provincial N° 7292.Desde el municipio se recuerda que se encuentra en vigencia la OrdenanzaN° 001/2008 sobre la reglamentación del consumo de carnes y productoscárnicos.El objetivo de la ordenanza es contribuir al efectivo logro de la seguridad, higiene y sanidad de la población.