"Registro de infractores" y multas de $ 50 a quienes no vayan a votar
Por primera vez, la Justicia Electoral confeccionará en estas elecciones un "registro de infractores" entre quienes no concurran a votar y no acrediten el motivo de la falta, que serán multados en las primarias con 50 pesos.
Este registro estará a cargo de la Cámara Nacional Electoral, máximo tribunal electoral del país, y en él figurarán los electores mayores de 18 años y menores de 70 que no hayan emitido su voto ni justificado la omisión. Cuando no se vote en uno solo de los actos electorales -primarias o generales- la multa será de 50 pesos, mientras que el monto de la segunda infracción será de 100 pesos y se acumularán a los 50 pesos de la primera infracción. La multa podrá pagarse en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la justicia nacional electoral, se informó oficialmente. La constancia de emisión de voto se encontrará adherida al padrón mediante un troquelado y una vez que el elector firme tras emitir el voto, el presidente también firmará el troquel y lo entregará junto al documento. La no concurrencia a las urnas quedará registrada a partir del troquel adherido al padrón, que será devuelto a la Justicia Electoral para la confección del registro, por lo que el elector deberá conservar su comprobante hasta el momento de la publicación del listado de infractores.Si el elector pierde la constancia de emisión del voto pero no figura en el registro de infractores, no necesitará hacer ningún trámite, pero si aparece en el registro como infractor pese a haber votado, podrá solicitar a la autoridad competente que verifique su firma en el padrón. Un elector que no vote deberá concurrir dentro de los 60 días posteriores a la elección a la secretaría electoral correspondiente al distrito de su domicilio para justificar su abstención, con la documentación que acredite el motivo de la falta.Por otra parte, los nuevos padrones incluyen la posibilidad de incorporar la fotografía de los electores, aunque la no correspondencia con la imagen no podrá en ningún caso impedir ni obstaculizar la emisión del voto, se informó. También se aprobaron los modelos de padrón para fijar en la pared para consulta de los electores, que será un sólo afiche por mesa, además del padrón auxiliar para el uso del vocal o los fiscales.Lo que hay que saber para este domingoLas elecciones de este domingo son la primera escala de cara a los comicios nacionales de octubre que servirán para renovar la mitad de la Cámara de Diputados y un tercio del Senado. Las de este domingo son Primarias (internas de cada frente o partido), Abiertas (cada ciudadano puede votar en las internas de cualquier agrupación), Simultáneas (las realizan todos los partido al mismo tiempo) y Obligatorias.¿Quiénes deben votar?La participación en las Paso es obligatoria para todos los ciudadanos que hayan cumplido los 18 años antes del 23 y sean menores de 70 que no estén impedidos por estar a 500 kilómetros o más del lugar de votación o por otras razones de fuerza mayor (por ejemplo, estar enfermo). Los mayores de 70 pueden votar si quieren. Y los jóvenes que para el 23 de octubre tengan entre 16 y 18 años, pueden hacerlo sólo si renovaron el DNI antes del 30 de abril y figuran en los padrones.¿Qué pasa con el que no concurre a votar?La ley prevé la imposición de una multa de entre 50 y 500 pesos para los electores mayores de 18 y menores de 70 años que no voten ni se justifiquen ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los 60 días posteriores a la elección. Quién no concurra a las Paso puede y debe votar igualmente en las elecciones de octubre (si no lo hace, incurre en una nueva infracción).¿En qué horario se puede votar?Las mesas de votación están abiertas entre las 8 y las 18. A quien llegue a su mesa antes de las 18, las autoridades deben permitirle sufragar incluso si, por la cola, termina emitiendo su voto pasada esa hora.¿Qué documento hay que llevar para votar?Se puede votar con el Documento Nacional de Identidad (DNI), ya sea en formato tarjeta o libreta, la Libreta Cívica (LC) o la Libreta de Enrolamiento.En estos comicios se incluye como novedad un troquel de constancia del votoEse troquel lo cortan y entregan las autoridades de mesa después de que el ciudadano mete el sobre con su voto en la urna y una vez que el elector firmó en el lugar del padrón reservado para que lo haga. Esa constancia contendrá impresos los fecha y tipo de elección, nombre y apellido del elector, número de D.N.I. y datos de la mesa; además, debe estar firmada por el presidente de mesa.¿Qué se elige?En las PASO los ciudadanos eligen los candidatos que cada partido, frente o agrupación presentarán en las elecciones de octubre. Como son senadores y diputados, las internas son por distrito. En las agrupaciones en las que hay más de una lista, el resultado de las Paso determinará cómo quedarán conformadas las listas definitivas para octubre. Pero en la mayoría de las agrupaciones, hay lista única en casi todos los distritos, por lo que los precandidatos quedarán como candidatos. En las agrupaciones en las que sí hay competencia entre distintas listas, las candidaturas a senadores se elegirán por lista completa y las de diputados nacionales, según el sistema de distribución de cargos que establezca cada carta orgánica partidaria o de la alianza partidaria.Los partidos, necesitan obtener un piso de votos para poder presentarse en octubreCada partido, frente o agrupación debe obtener en las Paso por lo menos el 1,5 por ciento de los votos positivos válidos del distrito para poder competir en octubre. Los partidos que no alcancen ese piso, no pueden presentarse en las elecciones generales.¿Se puede cortar boleta?Sí. En los casos en los que hay más de una categoría, los votantes pueden cortar boleta, no sólo para votar a distintos candidatos de un mismo partido sino incluso para votar a candidatos de distintas agrupaciones. Para que el voto sea válido es importante que en el sobre quede una sola lista de cada categoría (senadores y diputados). Por ejemplo, un votante porteño puede votar a la lista A de un partido para senadores y a la lista B del mismo partido para diputados; o puede votar a la lista A de un partido para senadores y a la lista A de otro partido para diputados. El voto no es válido si en el sobre hay dos boletas distintas del mismo partido ni de distintos partidos para la misma categoría (senadores o diputados).Quienes no puedan votar, tendrán60 días para presentar la justificaciónEste domingo 979.546 entrerrianos tendrán la posibilidad de votar en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) que permitirán conformar las listas que se presentarán en las elecciones legislativas del 27 de octubre. En Entre Ríos se renovarán cinco bancas de diputados nacionales y tres de senadores nacionales.
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