AGMER: impuesto a las Ganancias y cronograma
La cúpula provincial de AGMER se pronunció en contra del pago del Impuesto a las Ganancias para los jubilados docentes y, respecto al cronograma de pago, se le reclamó –mediante carta documento- el cumplimiento de la ley y el pago antes del 10 de cada mes.
La Comisión Directiva Central de AGMER hace saber a los Afiliados Jubilados que se llevarán adelante acciones judiciales para que los Jubilados no abonen más el Impuesto a las Ganancias. Esta medida se ha tomado en atención al fallo recientemente dictado en un juicio iniciado ante el Juzgado Federal de Paraná (expte. N° 21005389/2013), que cuenta con decisión de cámara del mes de abril del corriente año, y en el cual se ratifica la posición de que el haber jubilatorio no es ganancia y por lo tanto no puede ser objeto de aplicación de impuestos.Dicho esto, solicitamos a aquellos jubilados que estén alcanzados por este impuesto que se remitan a la Seccional que corresponda ya que desde allí se confeccionará un listado de los afiliados jubilados. Posteriormente, desde la CDC, se pondrán en contacto con cada uno de ellos donde se le solicitará la documentación necesaria.Se pueden presentar dos situaciones distintas a tener en cuenta: A) docentes que se les aplicó el impuesto en actividad y, de jubilados, siguen pagando impuesto a las ganancias. B) docentes que no se les aplicó en actividad y, de jubilados, se les aplica el descuento por impuesto a las ganancias.Cronograma de pagosLos reiterados incumplimientos del Gobierno Provincial, con diversas dilaciones en las fechas de pago, han generado un profundo malestar entre los docentes, quienes quedan en situación de incertidumbre al momento de tener que afrontar el pago de vencimientos y otras obligaciones.En este contexto se exigió, mediante carta documento, al gobernador de la provincia, que no cometa nuevos incumplimientos y, en virtud de lo consensuado en el último Plenario de Secretarios Generales de la entidad, se instrumentarán medidas de acción directa si al momento de conocerse el cronograma de pago de haberes no se cumple con los plazos fijados por el mencionado decreto.
