La Justicia prohibió fumigar a menos de 1.000 metros de escuelas rurales
Ante un amparo interpuesto por el Foro Ecologista de Paraná y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), el juez Oscar Benedetto -vocal de la Cámara Segunda en lo Civil y Comercial de Paraná- dictó un fallo por el cual se prohíbe la fumigación terrestre con agrotóxicos dentro de los 1.000 metros alrededor de todas las escuelas rurales de la de Entre Ríos, y la fumigación aérea en un radio de 3.000 metros.
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Además, el juez ordenó el cese "inmediato" de las aplicaciones con agroquímicos, durante el horario de clases, en las áreas sembradas lindantes a las escuelas rurales, debiendo efectuarse las aplicaciones en horarios de contra turno y/o fines de semana, a modo de asegurar la ausencia de los alumnos y personal docente y no docente en los establecimientos durante las fumigaciones. La prohibición tendrá vigencia "hasta tanto se determine por las áreas estatales específicas que se obtendrán idénticos efectos preventivos para la salud de alumnado y personal que asiste a los mismos con distancias diferentes", resolvió el magistrado.En el tercer punto de las resoluciones, Benedetti exhortó al Estado provincial a que, por medio de las áreas correspondientes, efectúe "en forma exhaustiva y sostenida en el tiempo", los estudios que permitan delinear pautas objetivas en torno al "uso racional de químicos y agroquímicos", "poniendo el acento precisamente en la prevención de los daños; y a realizar una correcta evaluación que permita determinar el estado de situación actual de contaminación, como paso imprescindible para identificar las medidas que deben adoptarse, su idoneidad y los espacios que deben mejorarse". Si bien no hizo lugar a los tiempos planteados en la demanda, el vocal de la Cámara Civil y Comercial 2 condenó a la Provincia y al Consejo General de Educación a implantar barreras vegetales a una distancia de ciento 150 metros de todas las escuelas rurales de la Provincia, en un plazo máximo de dos años.
