Ya es ley la disposición de vehículos secuestrados por infracciones de tránsito
La Cámara de Senadores entrerriana dio sanción definitiva al régimen de disposición final de vehículos secuestrados por infracciones de tránsito, que había tenido modificaciones en Diputados.
La iniciativa pertenece al senador por Concordia Enrique Cresto y había sido aprobada en Diputados, pero con modificaciones, por lo que tuvo que ser tratada nuevamente en la cámara de origen. La Cámara Alta aprobó estas modificaciones y la ley quedó definitivamente en vigencia. Ahora los municipios tendrán que adherir para que la norma sea aplicable en las distintas localidades.El proyecto establece que se aplicará a "todo vehículo o motovehículo secuestrado que se deposite en dependencias de municipios o de la provincia, a causa de infracciones de tránsito y de transporte", aunque quedarán excluidos los bienes secuestrados por disposición del Poder Judicial.La autoridad de aplicación será el Departamento Ejecutivo Municipal o Comuna y el Poder Ejecutivo Provincial según quien haya dispuesto el secuestro. Para ello, los municipios o comunas deberán adherir al régimen sancionando una ordenanza o adecuar la normativa local vigente.La función de autoridad de aplicación será la de proceder a la venta en subasta pública de los bienes secuestrados a causa de infracciones de tránsito o de transporte. Asimismo, la iniciativa establece que "los bienes secuestrados se enajenarán mediante subasta pública, la que deberá llevarse a cabo si en el término de seis meses, contados desde la fecha del acta de secuestro, el titular registral o la persona denunciada por éste como adquirente o terceros interesados, no se presenta a retirar el vehículo secuestrado respetándose las formas, procedimiento y plazos previstos por la ley".
