Caso Bono Solidario: se multó al Club Libertad con 50.000 pesos
La medida que surge de la Ley de Contravenciones de la provincia de Entre Ríos, tomó vigencia el 25 de febrero pasado, en la cual se le informó al Club Libertad que debe afrontar una multa de 50 mil pesos, aproximadamente. En su defecto, el presidente de la institución deportiva deberá cumplir 90 días de arresto efectivo. Sin embargo, la institución recurrió a un recurso de apelación.
Cabe mencionar que el caso se remonta a la clausura del juego que promocionaba el Club Libertad, que incluso se emitía por la señal de cable local Canal 2 (GTC), y significaba un ingreso de dinero para la institución y premios de dinero en efectivo para quienes hubieran adquirido los bonos correspondientes. Sin embargo, la ley de contravenciones provincial, recayó sobre la institución debido a que había cuestiones de registración del juego que no estaban íntegramente cumplementadas.El vicepresidente de Libertad, el Dr. Ignacio Fernández, que a su vez patrocina la defensa de los intereses del club junto al Dr. Rubén Gallardo, dialogó con nuestra Hoja explicando que ha determinado una medida que es inconstitucional, violatoria a lo que es el debido proceso y el derecho de defensa en juicio, que no puede tener procedencia. Cabe mencionar que el sumario fue instruido por la Policía de Entre Ríos y la sanción es aplicada por el propio organismo."Luego del procedimiento que fuera ordenado desde Paraná, la Policía local conjuntamente con personal de la División de Investigaciones de Paraná, realizaron un allanamiento en el Club Libertad, el cual arrojó resultados negativos -indicó el Dr. Ignacio Fernández-. En función de eso, se inició el procedimiento que, como resultado se determinó la aplicación de la multa sobre el presidente de la institución. El monto es de 50 mil pesos, aproximadamente, lo que es el equivalente a 7.200 litros de nafta super, que es lo que estipula la ley". Cabe mencionar que la otra alternativa que tiene el Club Libertad es subsanar el pleito judicial mediante el cumplimiento efectivo de 90 días de arresto del presidente de la institución, Néstor Teri. "Esto es lo que uno ataca por la inconstitucionalidad y las nulidades aplicadas -añadió Fernández-; es decir, eso lo emplea un órgano que, a nuestro entender no es por ahí el indicado para aplicar multas y mucho menos determinar días de arresto. Estamos hablando sobre la base de la libertad de las personas. En este caso, el jefe de Policía, comisario mayor Omar Blanco es quien firma la resolución y no hace más que llevar adelante lo que le indica la ley de contravenciones provincial. Simplemente decimos que, en un estado de derecho no podemos permitir que otra persona que no sea distinta a un juez, aplique una sanción que sea restrictiva a la libertad de las personas. La ley ordena que el sumario y la multa sean llevados adelante por la misma policía". "La ley otorga 5 días para cumplir lo que estableció, pero como tenemos interpuesto el recurso de apelación y hasta que no quede firme dicha sanción no se hará efectiva. Fuimos notificados el lunes 25 de febrero y, a partir del día martes 26 empezaban a correr los plazos; el recurso fue presentado el viernes 1 de marzo. El recurso de apelación se presenta ante el mismo órgano que toma la resolución, que en este caso es el jefe de policía y él lo tiene que elevar al juzgado correccional para que determine si está bien, o no, aplicada la multa. Se busca que se apliquen todas las nulidades y que sean determinadas por el órgano jurisdiccional, que en este caso sería el juzgado correccional de la ciudad de Gualeguaychú".Consultado sobre el organismo que inició el pleito judicial, Fernández, manifestó que "en realidad no se sabe si fue el IAFAS o si originó por iniciativa de la Dirección de Investigaciones de la ciudad de Paraná", al mismo tiempo reconoció que se cometió "un error en el procedimiento de registración del juego donde faltaba cumplimentar determinadas cuestiones del mismo". "No nos olvidemos que se está fallando en contra de una institución -expresó el Dr. Fernández-. Es decir que el procedimiento para que el club cese con este juego hubiera sido otro, antes que una aplicación de una multa. Sinceramente lo único que nos queda es guardar la llave del club en un sobre y entregársela al gobernador para que él decida lo que quiere hacer con la institución porque otra alternativa no nos queda". "Otra de las cuestiones por la cual se ataca la inconstitucionalidad de este procedimiento es que el órgano de la Policía es el encargado de investigar, aportar pruebas y juzgar y, asimismo, el importe de la multa será depositada a nombre de la propia Policía de Entre Ríos. Esto es lo grave que quiero significar, que el mismo que aplica la multa es el que luego la cobrará", subrayó.
