Caso Kablan: Nueve años de prisión para el acusado
En un fallo de primera instancia, José Kablan, joven médico oriundo de nuestra ciudad, fue condenado a 9 años de prisión por los delitos de Abuso Sexual con Acceso Carnal en Concurso Real con Rapto a raíz de un hecho ocurrido en agosto del año pasado denunciado por una joven.
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El juicio oral fue conducido por los camaristas Dres. Javier Cadenas, Alejandro Calleja y Gustavo Acosta. De esta manera, se hizo lugar al pedido de la Fiscalía a cargo de la Dra. María Delia Ramírez Carponi y de la querella, a cargo de la Dra. Alejandra Enrique. Cabe resaltar que se trata de un fallo de Primera Instancia, razón por la cual el acusado se encuentra en condiciones de apelar ante la Cámara de Casación Penal. La defensa del acusado se encuentra a cargo de los Dres. Patricio Cozzi y Ricardo Bordato (H).En diálogo con El Debate Pregón, la Dra. Alejandra Enrique se refirió al caso.En primer lugar, señaló: "Esto comienza con una denuncia penal en el año 2018 por abuso sexual. Luego de haberse denunciado el hecho se empieza con una investigación penal preparatoria. La Fiscalía avanza con esa investigación, yo me constituyo como querellante particular en nombre y representación de la víctima, y también como parte acusadora en el juicio"."En esa investigación penal preparatoria se colectaron todas las pruebas y, con todas esas evidencias, la Fiscalía requiere la elevación a juicio de la causa. El Juez de Garantías decreta la elevación de la causa y se llega al plenario, al juicio oral, que es lo que tuvimos hace dos semanas atrás. Empezó el día 12 y terminó el 23 de septiembre con los alegatos finales. En la causa se discutió el tema del delito por el cual se acusaba al imputado, abuso sexual con acceso carnal en concurso real con el delito de rapto. Son dos delitos independientes. Pudimos probar tanto con la prueba que tenía la Fiscalía como la prueba ofrecida por nosotros que existió el rapto, que hubo una retención de la persona sin su consentimiento, y que luego de llevada a otro lugar sin su consentimiento, se produce el otro hecho que es el abuso sexual con acceso carnal", añadió.En esa línea, expresó: "Esto se probó a través de todas las pruebas colectadas, hubo pericias psicológicas y psiquiátricas que se le efectuaron tanto al imputado en esta causa como a mi representada. De toda esa prueba los jueces llegaron a la conclusión de que existieron los dos delitos. También lo que se discutió fue el tema del consentimiento porque, si bien en este caso no hubo lo que se requería en toda la línea que teníamos anteriormente en cuanto a jurisprudencia de que siempre estábamos acostumbrados a que la violación era a través de la fuerza, o sea, existiendo violencia física; acá no existió violencia física, pero sí existió y se probó la violencia psicológica. No existió el consentimiento de la víctima ni para el traslado hacia el lugar ni para el acto sexual después y ese no consentimiento fue expresado al menos en tres oportunidades por ella".Respecto al imputado explicó: "Se lo condena a nueve años de prisión efectiva. La Fiscalía pidió la libertad condicional hasta que quede firma la condena. Este tema de la libertad condicional ya viene en una línea desde un fallo de la Corte Suprema donde dice que siempre y cuando el imputado no obstaculice el proceso, no haya peligro de fuga, no moleste ni a la víctima ni a los testigos se puede mantener en libertad condicional. En el caso de quedar firme debería cumplir la condena en la Unidad Penal N° 7 acá en Gualeguay. La Fiscalía misma pidió nueve años, que fueron a los que se lo condenó y hasta que quede firma la condena que se mantenga la libertad condicional con algunas restricciones, por ejemplo, tiene que presentarse tres veces en la semana en la comisaría más cerca al domicilio de él a firmar y eso se comunicará al Tribunal de Juicios y Apelaciones, que es el Tribunal que dictó la condena. También tiene la restricción de no acercarse a la víctima ni a ninguna de las testigos que fueron al juicio"."Esto pueden apelarlo. Nosotros todavía no tenemos ningún conocimiento. Después que se lean los fundamentos del fallo, el 9 de octubre, a partir de ahí ellos están en condiciones ya de recurrir si quieren hacerlo. De acá, si ellos apelan, va a casación penal, a Paraná, y ahí los tiempos de la justicia dependen ya de ellos y de la complejidad de la causa. Tienen otra instancia más, el Superior Tribunal de Justicia, que sería la última instancia en la provincia porque después está también el recurso extraordinario, que ya sería acudir a la Corte. Ellos reservaron todos los derechos", indicó.Lea más en la edición impresa
