Caso Kablan: Ramírez Carponi se refirió a la polémica por la autorización para salir del país
El médico José Kablan, de 28 años, se encuentra imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal, que fuera denunciado el domingo 19 de agosto en nuestra ciudad. Esta semana, previa autorización de la Justicia, viajó al exterior para continuar con sus estudios. Dicha situación motivó ciertas críticas de diferentes actores sociales y, por tal motivo, la Fiscal Ramírez Carponi, que interviene en la causa, dialogó con El Debate Pregón para explicar fundamentos de la decisión y cómo sigue el proceso.
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La Dra. María Delia Ramírez Carponi comenzó refiriéndose a la controversia: "Encontrándose imputada una persona en un proceso penal, siempre tenemos que tener en cuenta que la libertad es la regla durante el proceso. La prisión preventiva es la última medida a la que se llega y tiene una finalidad estrictamente procesal", comentó y siguió desarrollando: "Las restricciones a la libertad que se dan durante el proceso, siempre tienden a asegurar que el proceso pueda fluir. Entonces aquellas medidas que nosotros tomemos sobre las personas que excedan lo estrictamente necesario, importan una vulneración de los derechos del procesado", remarcó. Luego, la representante del Ministerio Público Fiscal, se refirió al principio de inocencia: "Esto se vincula directamente, con una presunción de inocencia que todos tenemos. A partir de ahí, hasta tanto no haya un juicio que determine que los hechos ocurrieron de una manera, y que la persona es el autor de ese hecho, se proceda una pena que disponga la privación de la libertad, tenemos que investigar, siempre limitando lo menos posible la libertad de una persona, siempre suponiendo que goza de una presunción de inocencia", aseguró.Entorpecimiento o riesgo de fugaPárrafo aparte, Ramírez Carponi indicó: "El código procesal nos establece que solamente cuando exista peligro de entorpecimiento de la investigación o peligro de fuga, son los dos supuestos que nos permiten a nosotros una prisión preventiva". En este caso, entienden que no existe: "En relación a eso, peligro de entorpecimiento, puede ser cuando una persona pudiera entorpecer la investigación modificando alguna evidencia, o esconder algo como un arma, o intimidar a testigos; o que todavía queden por producir pruebas. El otro peligro es el de fuga, que se da cuando la pena de expectativa es de cumplimiento efectivo, y le permite al imputado sospechar que le espera una pena y se pueda fugar", describió. Le consultamos si no podría haber riesgo de fuga en el exterior: "En este caso, atento a la pena de expectativa sí, pero tenemos que considerar dos cosas más. Cuando una persona no tiene arraigo en el lugar. En este caso, esa situación se da, porque toda la familia de esta persona vive acá, estudió en Argentina, tiene una carrera acá y aparte tampoco se dan los otros presupuestos", explicó y siguió desarrollando esta idea: "Al momento de definirse esta situación, ya se habían recibido entrevistas con testigos, ya se había hecho un allanamiento en el lugar en el que habrían ocurrido los hechos, se habrían procedido a secuestros, teníamos los teléfonos celulares, las pericias psiquiátricas respecto al acusado ya estaban fijadas", enumeró.Lea más en la edición impresa
