Complejo: se conoció al comodato de 50 años para la UADER

Con fecha 22 de abril de 2015, pudimos acceder al Decreto Nº 436/15, en la que el Departamento Ejecutivo Municipal aprueba el comodato con la Universidad Autónoma de Entre Ríos (UADER) y en el que se establece en el expediente administrativo Nº 60225, - cláusula décima y bajo el carácter de comodato simple- una duración de 50 años. EL DEBATE-PREGON tuvo acceso a dicha documentación que, a continuación se detalla.
El decreto, firmado en la anterior gestión, más precisamente a principios de 2015, vió la luz cuando funcionarios de la administración actual fueron a tratar de establecer pautas para un nuevo comodato con los institutos que habían sido desalojados. En el principio de las negociaciones se advirtió desde la órbita provincial que ya existía documentación referida a un comodato firmado por el Municipio y la Provincia. Luego se conocerían más detalles y, principalmente, la duración del mismo: 50 años. En el artículo 1° del Decreto 436/15, señala: "Apruébase el contrato de COMODATO respecto del uso del Edificio del Complejo Educativo denominado "Héctor y Sara Salas de Berisso" -propiedad del Municipio-, sito en calle Corrientes y 1° de Mayo de ésta ciudad; manzana N° 383, Plano de mensura N° 12227, partida provincial N°1532 -subsuelo, Primero, Segundo y Tercer Piso, exceptuándose las Oficinas de la Planta Baja; de las cuales el Comodante sólo cede el uso compartido del salón de usos Múltiples; celebrado entre la Municipalidad de Gualeguay, representada por el Sr. Presidente Municipal Dr. Luis A. Erro y la Universidad Autónoma de Entre Ríos, representada por su Rector, Bioingeniero Aníbal Sattler; siendo ocupado dicho Complejo en forma permanente por la Sede Gualeguay -Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud- Universidad Autónoma de Entre Ríos; para el dictado de las carreras del Profesorado en Educación Física y/o las carreras que se acuerden; autorizándose al Comodatario a realizar Reformas, Construcciones y Remodelaciones conforme Ley Nacional N° 24314 -Decreto Reglamentario N° 914/97 - Modificaciones, Higiene y Seguridad; conviniéndose el pago del Consumo de Energía Eléctrica, Teléfono, Internet, gas y todo otro servicio, eventuales Impuestos y/o Tasas Municipales, Nacionales; con entrega de comprobantes a mes vencido; Rescisión; Forma, Mejoras, Devolución, Responsabilidad, Seguros, Personal de Maestranza y Mantenimiento y demás alcances que se explicitan en las cláusulas consignadas en el mismo; lo que se da aquí por reproducido, en todas sus partes", se señala. Por el lado del trámite administrativo (comodato simple), en la cláusula DECIMA se expresa textualmente: "el presente (contrato de comodato) no implica contrato de locación y reviste el carácter de COMODATO SIMPLE, y su duración se pacta en 50 (cincuenta) años y se renovará automáticamente salvo indicación contraria de alguna de las partes".InterrogantesA partir de conocerse el decreto N° 436 /15 y el expediente administrativo surgen varios interrogantes que, en este caso, también se lo hacen las autoridades actuales: Una de ellas es por qué tanto tiempo de comodato, otro interrogante que surge es por qué prácticamente todo el edificio para una sola institución. Llama la atención que, a pocos meses de dejar su cargo de intendente, se haya firmado un comodato por medio siglo. No obstante el expediente administrativo y el Decreto de referencia, hoy las nuevas autoridades municipales y, la comunidad docente de los Institutos "Luis F. Leloir" y la Escuela de Artes Visuales, también se plantean la posibilidad de "revisar" el comodato y, de ese modo, tener la certeza que se pueda dar un "regreso" de las mencionadas instituciones al Complejo Educativo.
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