La actuación del Juzgado de Familia frente a casos de violencia de género
Dialogamos con el Dr. Pablo Guerscovich, Juez de Familia de nuestra ciudad, a quien le consultamos sobre el ejercicio del organismo frente a los casos de violencia de género.
:format(webp):quality(40)/https://eldebatecdn.eleco.com.ar/adjuntos/289/imagenes/000/122/0000122835.jpg)
DenunciaEl Dr. Guerscovich explicó que la denuncia se puede hacer tanto en la policía como en el Juzgado de Familia, incluso en el caso de denuncias por violencia de género, cualquier Juzgado puede tomar la denuncia incluso la Fiscalía, "como la denuncia puede tener un contenido penal, es posible que al mismo tiempo intervengan ambos organismos". Por otro lado, todas las medidas que adopte el Juzgado de Familia, en pos de garantizar los derechos fundamentales de la víctima, debe no solamente hacer cesar los actos que afectan su libertad personal y derechos como mujer, poniendo un límite al agresor.ComunicaciónLa policía lo que hace es tomar una denuncia con un formulario, en general la policía frente a una denuncia con contenido penal, tiene que transmitir esa denuncia, por un lado la fiscalía analiza si encuentra un delito penal en la conducta que se denuncia y al mismo tiempo interviene también el Juzgado de Familia, "hay una comunicación permanente entre el Juzgado de Familia y la fiscalía". Los problemas de comunicación fueron minimizados en los últimos tiempos, especialmente a partir del formulario tipo con el que toma la denuncia la policía, diseñado por la policía con la que fueron coordinando sobre la forma de proceder frente a una denuncia de este tipo, "porque hay delitos como el de lesiones leves que refieren a la instancia privada, en ese caso, en un formulario previo se tildaba si la víctima deseaba instar la denuncia penal al mismo tiempo",Medidas de protecciónSeguidamente, se refirió a las medidas preventivas urgentes, que la Ley N° 26.485 de "Protección Integral a las mujeres" establece en su Art. 26. "Las medidas restrictivas, tienen que asegurar que las víctimas y los testigos puedan dar cuenta del hecho a la hora de la investigación penal. También pueden haber medidas superpuestas, que tienen efectos distintos, por ejemplo, una medida restrictiva impuesta por Fiscalía, una vez que es violada, a lo que se somete el imputado es a la posibilidad de que se le impongan medidas más gravosas, como podría llegar a ser una prisión preventiva; mientras que en el caso de violación de una medida restrictiva impuesta por el Juzgado de Familia, lo que se comete es un delito, que es el de desobediencia judicial".SeguimientoConsultado sobre un registro que lleve las medidas de protección adoptadas por el organismo, el jurista afirmó que no hay, que la policía tiene conocimiento de las medidas de restricción, porque son ellos quienes las notifican. De todos modos, "es inminente que comience a funcionar el sistema de monitoreo a través de una tobillera electrónica, lo anunció la Presidente del Consejo de las Mujeres, Fabiana Túñez acá en Gualeguay; por el momento, uno tiene que asegurarse de que las medidas van a ser efectivas, porque pueden ser un arma de doble filo, no podemos dar solamente una restricción si sabemos que la víctima vive en un lugar descampado, sin posibilidades de acceso inmediato a la policía, por ejemplo. Cuando adopta medidas así, suelo preguntar si tiene rejas, si vive sola, si tiene vecinos, a modo de garantizar que sea efectiva, si no va a ser efectiva es mejor pensar otra alternativa, es necesario conocer al agresor, hay casos más graves que otros".Coordinación con el Area Mujer municipalEl Juzgado solicita a través de los oficios la asistencia que necesita la víctima, en el caso del Area Mujer de la municipalidad, solicita la adhesión a un programa de empleo que le retribuirá económicamente permitiendo un ingreso, también el Juzgado le propuso al área municipal que se realicen grupos de autoayuda, que permitan a las víctimas abordar su problema junto a otras pares, que sea una manera efectiva de dar una posibilidad de resolver su situación, "es mucho más económico para el estado incluso más efectivo para las víctimas, porque el abordaje individual no permite abordar el hecho de que estamos frente a un problema social, no se trata solamente de una vinculación interpersonal, sino de cómo se ubica a la mujer en un orden social determinado, condicionado por el patriarcado, entonces el reconocimiento de estas condiciones trae aparejado un posicionamiento diferente frente al problema".Tratamiento de los violentosHay grupos de ayuda al varón violento, pocas, pero las hay, son enviados desde los Juzgados a grupos terapéuticos para que puedan rever su rol masculino agresor. "No hay experiencias en Entre Ríos que yo conozca, sería posible, como otra forma de abordaje, pero lo que actualmente se hace es el tratamiento individual, es un deber, tienen que hacerlo, en la medida que no cumplimenten esa manda del Juzgado, no se puede archivar la causa, por lo tanto se pueden renovar las medidas restrictivas". Ante el poco sostenimiento de los tratamientos, espetó: "Es difícil porque no se cuenta con medios coercitivos para obligar a una persona a iniciar tratamiento psiquiátrico-psicológico, llegado el caso se podría aplicar una forma de sanción como por ejemplo astreintes, que es una multa económica que se le impone a una persona en un proceso".Finalmente, Guerscovich expresó: "Desde que estoy a cargo del juzgado, mi intención es coordinar con el resto de los organismos, todos los casos que se presentan en el juzgado, es el encargado de coordinar esas cuestiones. Tanto COPNAF, Registro único de adoptantes, toda esa intervención tiene que ser bien coordinada, hay que generar una confianza en que el sistema funciona".
