La Justicia absolvió a Erro y ex secretarios municipales
El ex intendente Luis Erro fue absuelto este miércoles en el juicio por incumplimiento de los deberes de funcionario público junto a sus ex secretarios, investigados en la misma causa: Mariano Iturbe, Pablo Figueroa y Mariano Dunat.
Estuvieron presentes los miembros del Tribunal: Dres. María Angélica Pivas, Darío Crespo y Javier Cárdenas; Dr. Jorge Gamal Taleb, por parte de la Fiscalía; Dr. Sebastián Erro, como representante de la defensa. No presenciaron el veredicto los implicados. Se leyó el falló donde el ex intendente Luis Erro y sus ex secretarios municipales durante su administración fueron absueltos por la justicia provincial, en una causa que investigaba el presunto incumplimiento de los deberes de funcionario público. La investigación penal se inició a raíz de una denuncia que realizó el Dr. Raúl Berisso por la supuesta contratación irregular para un sistema de sonido destinado a los carnavales, cuando Erro estaba al frente de la Municipalidad en diciembre de 2013 y enero de 2014. El viernes pasado, durante los alegatos, el fiscal solicitó casi el máximo de la pena cuando pidió un año y ocho meses.También habían sido juzgados los ex funcionarios municipales Mariano Dunat, para quien el fiscal pidió un año, y Pablo Figueroa y Mariano Iturbe, para los que Taleb solicitó ocho meses de prisión, publicó Análisis Digital. En el inicio del juicio, uno de los defensores de Erro, Miguel Cullen, planteó la nulidad del auto de remisión a juicio, pero el tribunal denegó la petición.Conceptos deSebastián Erro En diálogo con medios locales, el Dr. Erro, señaló: "la cámara no encontró mérito para condenar, es decir que dictó la absolución de los imputados en esta causa y con esto se cierra el capítulo del juicio. Quedarán los recursos eventualmente que pueda interponer la fiscalía pero lo que ha declarado fundamentalmente el tribunal es que la conducta no consistió en un delito. Es decir que la licitación pública se ajustó a la ley y que los pasos que se dieron fueron conforme a derecho". Consultado sobre probables reclamos que pueda efectuar la defensa, explicó: "yo plantee el pedido de costas para el ministerio fiscal, entendiendo que en este caso no había razón para llegar a juicio dado que desde el principio de los hechos se demostraba que se había actuado conforme a la ley y que no correspondía llegar hasta este debate, a una acusación, ya al iniciarse la investigación, al agotarse la misma, se descubría que no había ningún delito. Por lo tanto allí debió terminarse, no proseguir con el juicio". "Queda la posibilidad para que la Fiscalía recurra a este fallo y, también, de parte nuestra, en relación a la imposición de costas, porque el tribunal simplemente dijo (no sé los fundamentos) que había razón plausible para litigar. Entendemos que no existían esas razones y por lo tanto cuando se den los fundamentos decidiremos una estrategia en relación a si apelaremos a esa parte de la sentencia, o no. Lo cierto y lo importante es que el fallo en definitiva absuelve a los imputados y declara que el proceso no afecta su buen nombre y honor".Con respecto al denunciante (Raúl Berisso), el abogado defensor, manifestó: "en relación a ese aspecto hay un pedido que formuló uno de los abogados defensores y quedará en decisión de ellos recurrir a esa parte de la resolución o insistir eventualmente con ese planteo. Habría que esperar en definitiva los fundamentos por los cuales el tribunal ha decidido que eso no ha sido así. En realidad, lo que presumieron ellos es que en la misma audiencia se dio en llamar un delito de audiencia, delito de falso testimonio. A veces la contradicción de los testigos se debe a múltiples causas, por ejemplo, por efecto de la memoria. Entonces, hay que ver qué ha entendido el tribunal para resolver que esa contradicción no constituya un delito o no resulte relevante", subrayó Sebastián Erro.
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