Se inician los vencimientos de los impuestos de ATER
La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) ha dado a conocer los vencimientos de los impuestos inmobiliario urbano, automotor y rural. También se ha dado a conocer un plan de facilidades impositivas para productores en emergencia.
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En diálogo con EL DEBATE PREGON, la Jefa de la Oficina local de ATER, Claudia Kablan, informó: "el impuesto inmobiliario urbano comienza a vencer el 8 de febrero, próximo. Se podrá abonar, como se ha hecho habitualmente, en un solo pago o en cinco anticipos en el año. En tanto que el 13 de marzo, vence el impuesto automotor; también se puede abonar en un solo pago o en cuatro anticipos de manera anual. Mientras, que el 3 de abril vence el impuesto inmobiliario rural; se puede abonar en un pago único o en cuatro anticipos. La Oficina como siempre se encarga de hacer la distribución domiciliaria correspondiente". "Otra novedad importante es la rehabilitación, mediante una resolución, de todos los decretos, acogimientos y planes de pago que se hicieron durante el año 2016, y anteriores a éste, para que el contribuyente, por diversos motivos, no haya podido cumplir con el pago, le otorgaremos todos los avisos para que pueda cancelar ese plan. El mismo será actualizado y el contribuyente podrá retomar la continuidad para todos los planes de pagos y moratoria. Este es un trámite muy sencillo, que consiste en acercarse a ATER con un aviso de pago interior. Estos planes de pago están vigentes hasta el 28 de febrero".BENEFICIO PARA PRODUCTORESDAMNIFICADOS"ATER también ha lanzado un plan de pagos en cuatro cuotas, sin multas y sin interés para el sector agropecuario y ganadero, que haya estado afectado por la emergencia agropecuaria", sostuvo Kablan. "Todo contribuyentes que tenga su certificado de emergencia extendido por la Secretaría de la Producción puede acercarse hasta ATER y solicitar un plan de pago en cuatro cuotas, sin multas y sin interés, para el impuesto inmobiliario rural e ingresos brutos; es decir, el mimos debe estar encuadrado dentro de la emergencia que hubo durante el 2016".EXENCION PARA LOS JUBILADOS "Aquel contribuyente que tenía y tiene la exención de jubilados en el impuesto inmobiliario urbano, debe revalidarla y el que no lo tiene debe acercarse a informarse para ver si corresponde o no otorgárselo", resaltó. "También se puede ingresar a la página web www.ater.gov.ar y ahí está toda la información necesaria para el contribuyente".
