ATER
ATER lanzó nuevo plan para regularizar deudas tributarias con importantes beneficios
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Desde este 1° de agosto, la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) puso en marcha un nuevo Plan Especial de Facilidades de Pago, destinado a aliviar la situación fiscal de los contribuyentes entrerrianos. La iniciativa, que se extenderá hasta el 30 de noviembre, permite regularizar deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2025, con beneficios que varían según el momento de adhesión y la modalidad elegida.
Este régimen especial, aprobado por el decreto N° 1843/25 GOB, abarca todas las obligaciones provinciales, incluidas multas e intereses, sin importar si están en instancia administrativa o judicial. También alcanza deudas ya canceladas que mantienen multas pendientes, e incluso planes de financiación vigentes o caducos.
Declaración voluntaria de mejoras no registradas
Una novedad destacada es la posibilidad de declarar obras o mejoras constructivas no informadas ante Catastro. Esta regularización voluntaria contempla la condonación de intereses y multas generadas por aumentos en el avalúo de inmuebles urbanos y subrurales, siempre que correspondan a períodos anteriores al nuevo monto exigible. Además, alcanzará infracciones contempladas por la ley de valuaciones parcelarias.
Beneficios por etapas
El plan ofrece diferentes niveles de descuentos según la etapa de adhesión:
Etapa 1 (1° de agosto al 30 de septiembre):
- Pago contado: 100% de condonación en multas e intereses.
- 3 cuotas: 80% de multas, 90% de intereses (10% de anticipo, cuota mínima $100.000).
- 5 cuotas: 60% de multas, 70% de intereses (20% de anticipo, cuota mínima $150.000).
Etapa 2 (1° al 31 de octubre):
- Pago contado: 80% de condonación en multas e intereses.
- 3 cuotas: 60% de multas, 70% de intereses (15% de anticipo, cuota mínima $150.000).
- 5 cuotas: 40% de multas, 50% de intereses (20% de anticipo, cuota mínima $200.000).
Etapa 3 (1° al 30 de noviembre):
- Pago contado: 60% de condonación en multas e intereses.
- 3 cuotas: 40% de multas, 50% de intereses (20% de anticipo, cuota mínima $200.000).
- 5 cuotas: 20% de multas, 30% de intereses (25% de anticipo, cuota mínima $250.000).
Además, se condonarán automáticamente las multas por incumplimientos formales si el deber omitido se regulariza al menos cinco días hábiles antes del cierre del plazo de adhesión.
Requisitos para acceder
Los interesados deben:
- Estar adheridos a la Boleta Digital.
- Tener canceladas las obligaciones posteriores al 30 de junio de 2025 relacionadas con los tributos a regularizar.
- Realizar la adhesión online mediante la página oficial de ATER (www.ater.gob.ar), accediendo con Clave Fiscal desde la sección “Servicios de ATER”.
Casos de agentes de retención
En el caso de deudas por retenciones, percepciones o recaudaciones efectuadas, los beneficios son menores y también se dividen por etapas:
- Hasta el 30 de septiembre:
- Contado: 80% de multas e intereses.
- 3 cuotas: 60% de multas e intereses, con 20% de anticipo y cuota mínima de $400.000.
- Hasta el 31 de octubre:
- Contado: 60% de multas e intereses.
- 3 cuotas: 40% de multas e intereses, con 25% de anticipo y cuota mínima de $500.000.
- Hasta el 30 de noviembre:
- Contado: 40% de multas e intereses.
- 3 cuotas: 20% de multas e intereses, con 30% de anticipo y cuota mínima de $600.000.
Más información
Para consultas, ATER habilitó los siguientes canales:
- Teléfono: 0810-888-2837 (lunes a viernes, de 8 a 13 hs).
- Correo: [email protected]
- Web: www.ater.gob.ar
- Oficinas y receptorías en toda la provincia.
Desde ATER recomiendan aprovechar los mayores beneficios disponibles en la etapa inicial del plan, vigente durante agosto y septiembre.