Emergencia agropecuaria: los pasos para que ganaderos y apicultores afectados por la crecida accedan a los beneficios
El Gobierno de Entre Ríos reglamentó el trámite para productores de islas y zonas anegadizas perjudicados por las inundaciones. Deberán presentar una declaración jurada en un plazo de 45 días corridos.
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Los productores ganaderos y apícolas afectados por la crecida de los ríos Paraná y Uruguay ya pueden tramitar el certificado de emergencia agropecuaria, que les permitirá acceder a beneficios impositivos. La medida alcanza a explotaciones de islas y zonas anegadizas de los departamentos La Paz, Paraná, Diamante, Victoria, Gualeguay e Islas del Ibicuy. Rige desde el 1° de agosto de 2026 hasta el 31 de julio de 2027.
Cómo hacer el trámite
Los interesados deberán completar una declaración jurada, en papel o digital, con sus datos personales, la información de la explotación y las pérdidas sufridas. El formulario debe estar avalado por un profesional matriculado en COPAER o en el CMVER. También debe llevar la certificación de una entidad del sector, como una cooperativa, una entidad rural o un organismo público.
Entre la documentación se pide la constancia de ARCA, el RENSPA para ganaderos o el RENAPA para apicultores, las partidas del Impuesto Inmobiliario Rural y el porcentaje estimado de pérdidas.
La presentación puede hacerse en la Dirección de Producción Animal, en 25 de Mayo 113, primer piso, de Paraná, o por correo a [email protected]. Para consultas, el teléfono es 0343-4207957.
Los beneficios
Los vencimientos del Impuesto Inmobiliario Rural y Subrural se posponen hasta el 31 de enero de 2028. Además, se podrá pagar en hasta tres cuotas sin interés y se condonan multas e intereses por pagos fuera de término. En los casos de desastre agropecuario habrá una exención proporcional a la pérdida. El certificado también servirá para acceder a créditos con tasas bonificadas.