PARA TENER EN CUENTA A LA HORA DE IR A VOTAR
¿Qué votamos hoy? Votamos presidente y vicepresidente, diputados nacionales en todas las provincias y senadores nacionales en ocho provincias.
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Votás en las elecciones 2019 si:• Tenés 16 años o más• Estás en el padrónNo podés votar en las elecciones 2019 si:• No figurás en el padrón.• Tu nombre aparece tachado en el padrón con una línea roja.• No tenés documento habilitante.• Te presentás en la mesa de votación con un documento anterior al que figura en el padrón electoral.¿Dónde votamos? Solo podés votar en la escuela y en la mesa donde figuras en el padrón. Para saber dónde votás consultá el padrón definitivo de las elecciones nacionales 2019. El mismo se puede ver en la web de la Cámara Nacional Electoral.¿Con cuales documentos tenemos que ir a votar? Para votar te tenés que presentar en la mesa donde estás inscripto con el último ejemplar de tu documento de identidad. Tiene que ser el que figura en el padrón o uno más nuevo. Los documentos habilitantes para ejercer el voto son: libreta cívica, libreta de enrolamiento, DNI (libreta verde y libreta celeste), DNI tarjeta (del DNI libreta celeste) y nuevo DNI digital.¿Quiénes son los integrantes de las mesas de votación?• Presidente de mesa.• Suplente o vicepresidente.• Fiscales de Mesa.¿Qué hace el presidente de mesa?Es la máxima autoridad en la mesa electoral. Es un ciudadano designado por la justicia electoral para administrar una mesa de votación y realizar el recuento de votos de la mesa. Su deber es actuar con independencia e imparcialidad y velar por el desarrollo correcto y normal del acto electoral.¿Qué hace el fiscal?Los fiscales de mesa son designados por los partidos políticos para controlar la elección. Su función es vigilar lo que ocurre en las mesas de votación para asegurarnos que se respete la ley electoral y los derechos de los electores y cuidar los votos de su partido.¿Qué son los votos impugnados y recurridos?Los integrantes de la mesa pueden impugnar tu identidad antes de que emitas tu voto porque existen dudas sobre ella. En este caso, tendrás que introducir tu voto en un sobre especial junto con tu huella dactilar.Además, al momento de contar los votos los fiscales pueden recurrir la clasificación del voto hecha por el Presidente de Mesa. Los motivos se asientan en un formulario especial que se adjunta al voto en un sobre para votos recurridos.Los votos recurridos e impugnados votos no serán contados el día de la votación sino que se envían a la justicia electoral para que decida sobre su validez.¿Qué pasa si no encuentro la boleta que quiero votar?Le tenés que avisar al presidente de mesa que faltan boletas, sin especificar cuál. Los fiscales repondrán las boletas faltantes. Si después de tal reposición aún siguieran faltando, podés votar en el cuarto oscuro complementario, donde estarán las boletas de todas las agrupaciones.¿Qué es el voto accesible?Si tenés alguna condición física que te dificulte la emisión del voto podés solicitar el voto asistido por el presidente de mesa o una persona de tu confianza.También, si tenés movilidad limitada, podés pedirle al presidente de la mesa donde tengas que votar, el traslado de la urna al cuarto oscuro accesible (COA), que es un espacio de fácil acceso y cercano al ingreso del establecimiento.¿Qué es la constancia de emisión del voto?Después de emitir tu voto el presidente de mesa te entrega la constancia de emisión del voto. Esta sirve como comprobante por si aparecés en el registro de infractores al deber de votar.¿Cuándo se considera voto afirmativo?• Se emite mediante boleta oficializada de una misma agrupación (o lista) para todas las categorías de cargo.• Para cada categoría de cargos a elegir se omiten boletas oficializadas de diferentes agrupaciones (o listas).• La boleta oficializada presenta roturas, tachaduras, borratinas, entre otras, pero el encabezado se encuentra intacto y permite observar efectivamente la voluntad del elector.• En el sobre hay más boletas oficializadas de la misma agrupación política (o lista) y categorías de cargo. Sólo se computará una y se destruirán las restantes.¿Cuándo se considera voto en blanco?• El sobre se encuentra vació.• El sobre contiene un papel (de cualquier color), sin imágenes, textos ni objetos extraños.• El sobre contiene una boleta oficializada, pero le falta el cuerpo correspondiente a una categoría. En ese caso, se considerará "voto en blanco" sólo para dicha categoría.¿Cuándo se considera voto nulo?• Se emite mediante boleta no oficializada. Por ejemplo, boletas de elecciones anteriores y de otros distritos.• En el sobre junto a la boleta, se hayan incluido objetos extraños a ella tales como monedas, billetes, etc.• Boletas oficializadas de distintas agrupaciones (o listas) para un mismo cargo.• Boleta oficializada que, por destrucción parcial, defecto o tachaduras, no contenga, por lo menos, el nombre del partido y la categoría de cargos a elegir.• Boletas oficializadas que contienen inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo, salvo en los casos de tachaduras, agregados o sustituciones.Julián Lazo StegemanFuente: CIPPEC (Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento)
