ANMAT
Prohibieron una marca de repelente para mosquitos
Según la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, se trata de un producto “ilegítimo” y se desconoce “el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración”.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió un repelente de insectos por falta de inscripción y sospechas de ilegitimidad.
Lo hizo a través de la Disposición 9187/2024 que se publicó este martes en el Boletín Oficial.
La norma estableció la “prohibición del uso, comercialización, publicidad, distribución en todo el territorio nacional y la publicación en plataformas de venta en línea” del repelente de insectos de origen nacional denominado “Repelente de mosquitos acción prolongada marca ‘Chau Mosquitos de Te Cuida Mejor’, en todos los lotes, presentaciones, vencimientos y contenidos netos.
Argumentos
Según lo explicado por el organismo, actuaciones se iniciaron cuando el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para Salud (DEGMPS) recibió una notificación -en el marco del Sistema de Cosmetovigilancia de la ANMAT- sobre la comercialización de este producto de origen nacional por sospecha de legitimidad.
Ante ello, el personal del Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal consultó en su base de datos y pudo determinar que los datos no corresponden a un repelente de insectos inscripto ante la ANMAT.
Fiscalización
A partir de esto, realizó una fiscalización en medios electrónicos en busca de sitios web o publicaciones donde se ofreciera, de acuerdo a lo consignado en la medida. Luego, por nota, se dio intervención al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria a fin de que gestionen las bajas de las citadas publicaciones de venta electrónicas.
Como consecuencia de estas acciones y “a fin de proteger a eventuales usuarios”, la DEGMPS sugirió la prohibición del uso, la comercialización, la publicidad, la distribución en todo el territorio nacional y la publicación en plataformas de venta en línea del repelentes de insectos de origen nacional en todos los lotes, presentaciones, vencimientos y contenidos netos.