Ayuda para el pago de salarios
La AFIP habilitó, a través de la resolución general 4716, la posibilidad para los empleadores de solicitar el acceso a los beneficios del Decreto 332/2020 a través del servicio “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP” para el mes de mayo, al que se accede con clave fiscal. Los beneficios a los que se puede acceder son la postergación del pago de las contribuciones patronales con destino al sistema previsional (SIPA) o su reducción de hasta el 95% y el salario complementario que paga la ANSES a los trabajadores del sector privado correspondientes a este mes.
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La solicitud puede realizarse desde el jueves 14 de mayo de 2020, y el 21 de mayo de 2020. Es importante que los empleadores lo realicen en ese período dado que, de lo contrario, no podrán acceder a los beneficios por el mes de mayo de 2020.Para la solicitud de los beneficios del mes de abril 2020, se había criticado que la AFIP exigía en todos los casos la carga manual de información sobre la facturación. En ese momento se cuestionaba por qué no se había puesto a disposición la información de la facturación electrónica para que los contribuyentes la confirmen o realicen los cambios que correspondieran.Esto es lo que cambió el organismo para solicitar los beneficios de mayo 2020 y es bienvenido. Facilita las tareas de los contribuyentes que, si todo coincide, deberán confirmar la información. También tienen la posibilidad de agregar facturación emitida por otros medios.Una situación no contemplada, como veremos más adelante, es la de agregar comprobantes emitidos que no cumplen con la Resolución General (AFIP) 1415 por estar exceptuados. Es importante que la AFIP aclare como deberán informarse los mismos.Por otro lado, no está previsto que los contribuyentes eliminen comprobantes emitidos electrónicamente. Se entiende que esa situación no se debería presentar ya que la AFIP ha tomado todos los comprobantes válidos emitidos electrónicamente.A continuación detallamos una guía paso a paso, con comentarios, para solicitar el beneficio para un contribuyente que ya realizaba actividades en abril 2019.
