Cómo queda Ganancias después del anuncio sobre el medio aguinaldo
El anuncio realizado ayer por el Poder Ejecutivo, relacionado a la exclusión del aguinaldo en el Impuesto a las Ganancias, para los que ganen menos de $ 35.000 de sueldos mensuales brutos, deberá materializarse, próximamente, a través de un decreto. A pesar que la Constitución establece que los impuestos deben modificarse por medio de leyes, en este caso la facultad permanente que tiene el gobierno para hacerlo por decreto, fue otorgada en el año 2011 por la ley 26.731.
Así las cosas, en el caso del Impuesto a las Ganancias, tanto para los autónomos, que dicho sea de paso, nunca se benefician con el reparto, y para los empleados en relación de dependencia, el Poder Ejecutivo "discrecionalmente" puede modificar a su criterio los montos de las deducciones personales, cuando lo cree conveniente. Sin embargo, la propia ley de Ganancias (20.628), en su artículo 25, prevé un mecanismo de actualización automático, que está dado por la evolución del índice de precios mayoristas nivel general (INDEC), que tuvo una variación del 714%, desde el año 2002 a la fecha. En ese porcentaje deberían haberse actualizado tanto las deducciones personales (mínimo no imponible, deducción especial y cargas de familia), como los escalones de las tablas que se utilizan para el cálculo del impuesto. Desde el año 2002, las deducciones se actualizaron menos que el índice publicado por del INDEC, mientras que las tablas nunca se ajustaron.Dejando de lado el aguinaldo, de la forma en que están las cosas, para el cálculo de la Retención del Impuesto a las Ganancias en la actualidad, de no corregirse con la nueva norma, seguirá rigiendo lo que estableció en su momento el decreto 1242/13. De esta manera, independientemente de la cuestión del aumento del mínimo no imponible, al quedar muy antiguos los sueldos de referencia que se utilizan para determinar qué empleados pagan impuestos y quiénes no, se producen distorsiones que hacen que el tributo no se aplique equitativamente para todos los trabajadores.Salvo que el decreto ahora modifique las cosas, los sueldos brutos que rigen de guía para saber lo que se tiene que abonar y si corresponde pagar, son los que se devengaron en el período transcurrido de enero a agosto del año pasado. Los que no superaron el límite de remuneraciones, en ese lapso, actualmente no tienen retenciones de ganancias, sin interesar lo que cobran en la actualidad. En cambio, los del segundo y tercer grupo siguen sufriendo las retenciones impositivas.Distorsiones que se mantienen:De no corregirlas el próximo decreto que se publique, también, existen otros motivos que provocan inequidades en el cálculo de la Retención del impuesto de la cuarta categoría. Actualmente, rige el decreto 1242/13, que clasifica a los trabadores en tres categorías, teniendo en cuenta los sueldos brutos mensuales devengados en el período transcurrido entre los meses que van de enero a agosto del año pasado:a) Empleados que ganaron hasta $ 15.000 mensuales brutos: no se les retuvo, ni se retiene el Impuesto a las Ganancias, incluso a pesar que actualmente perciban un importe superior de sueldo mensual. De esta manera, el aguinaldo y los aumentos salariales de este año ya no influían en el Impuesto a las Ganancias.b) Empleados que ganaban, más de $ 15.000 y hasta $ 25.000.c) Empleados que ganaron más de $ 25.000.En los últimos dos casos, se sigue aplicando la retención de ganancias, con diferentes deducciones para cada uno, de menores importes para los sueldos superiores. Luego del anuncio, para los que perciban menos de $ 35.000 brutos mensuales, el aguinaldo ya no les influye en el cálculo de la retención de Ganancias.Pero, si no se modifica el período de referencia (enero a agosto 2013), establecido en el decreto 1.242, en el momento de definir quién paga y quién no, aún se pueden producir las siguientes inequidades:a) Un trabajador que ganó, en los primeros 8 meses del año pasado, $ 14.000 pero que en la actualidad por ascender de categoría laboral gana más, por ejemplo $ 30.000, sigue sin pagar impuesto.b) Otro trabajador que por haber cobrado el año pasado $ 15.100 quedó "enganchado", continuando con retenciones de Ganancias a pesar de que cobre menos que el empleado anterior.c) Empleado que el año pasado ganaba más de $ 15.000 por hacer horas extras. En este año, a pesar que no las trabaje continúa pagando Ganancias.Uno de los principios tributarios es el de equidad: "a igual sueldo, igual impuesto". Si el nuevo decreto no hace los cambios, esa regla básica sigue sin cumplirse.
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