Se presentó nuevamente el Proyecto de Ley para el aborto legal en nuestro país
El martes 28 de mayo, se presentó, por octava vez consecutiva en nuestro país, el nuevo Proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Se elige esa fecha en particular por el significado que tiene, en la agenda de lucha de las mujeres, ese día. Ya que se celebra el Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres. Para que este proyecto sea aprobado, primero debe ingresar por la mesa de entrada de una de las dos cámaras, la de diputados o senadores. Segundo, se requerirá una mayoría especial, de dos tercios, de votos afirmativos. Y tercero, luego de estar aprobado en la cámara de origen pasa a ser discutido en la cámara revisora, que lo puede aprobar, rechazar o devolver con sus correcciones.
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El nuevo proyecto de ley, basado en el que fue presentado en 2018, establece que toda mujer u "otras identidades con capacidad de gestar" tiene derecho al acceso de la interrupción de su embarazo hasta la semana 14, sin necesidad de presentar ninguna autorización judicial. Cuando corre riesgo la vida o la salud de la mujer y en casos de violación, donde no se debe exigir la denuncia, se extiende el plazo. También incorpora la definición de "persona gestante" para establecer bien el alcance al que llegue dicha ley.Además, define que se debe garantizar la práctica de la IVE dentro de los cinco días de su requerimiento. Se debe poder realizar en hospitales y con cubiertas por obras sociales y prepagas. Prevé asesorías para las personas gestantes que así lo requieran, donde recibirán información, acompañamiento y métodos anticonceptivos.Asimismo, fija penas para los profesionales que se nieguen u obstaculicen la realización del aborto en casos legalmente autorizados. Las condenas van desde los tres meses hasta un año e inhabilitación especial por el doble tiempo de la prisión a la autoridad de un establecimiento de salud, profesional o personal. Se puede elevar hasta los cinco años si la persona gestante muere.En el caso de los adolescentes, el escrito establece que una persona menor de 13 años que demande la práctica debe tener el consentimiento informado con asistencia de al menos uno de sus representantes legales. Cuando tiene entre 13 y 16 años, se presume que cuenta son aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar debido consentimiento. Si su vida corre riesgo por condición preexistente, el consentimiento lo deberá dar uno de sus padres. A partir de los 16 años se considera que tiene plena capacidad para ejercer los derechos previstos.Este proyecto incorpora soluciones hasta para el caso de que, si una persona que quiere abortar habla una lengua diferente, se garantice la presencia de un intérprete con el fin de asegurar una comunicación efectiva en un marco de respeto por la interculturalidad, sin distinción de nacionalidad, origen, condición de tránsito, status de residencia o ciudadanía.Por último, también incluye un capítulo donde reafirma la obligación del Estado en relación a la aplicación de la educación sexual integral (ESI) y establece que se deberá enseñar sobre el aborto definido como un derecho de las personas gestantes a través de contenidos científicos, laicos, confiables actualizados y con perspectiva de género. Asimismo, deberá aplicarse en todas las escuelas del territorio argentino, en todos sus niveles, con contenido apto para cada uno de ellos, sean las mismas públicas, privadas o religiosas.Marilina Camino Gomensoro
