Crece el malestar del campo entrerriano por la caravana electrónica obligatoria dispuesta por SENASA
La Federación de Asociaciones Rurales de Entre Ríos (FARER) volvió a expresar el descontento del sector ganadero provincial ante la implementación de la caravana electrónica obligatoria, establecida por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) mediante la Resolución N.º 530/2025, una normativa que ya se encuentra vigente.
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Desde la entidad aclararon que decidieron acercar la información a los productores por tratarse de una medida de cumplimiento obligatorio, aunque remarcaron que no comparten la decisión y que ya lo han manifestado formalmente ante las autoridades nacionales. Según FARER, se trata de una disposición adoptada sin el debido consenso con los productores, que implica nuevos costos, mayores exigencias administrativas y una complejidad operativa difícil de absorber, especialmente para los pequeños y medianos establecimientos.
“Una vez más se avanza con medidas de escritorio que no contemplan la realidad productiva ni las asimetrías existentes en el interior del país”, señalaron desde la federación rural. Si bien reconocen la importancia de fortalecer los sistemas de sanidad y trazabilidad animal, advierten que la obligatoriedad impuesta no garantiza mejoras concretas que justifiquen su aplicación inmediata y podría convertirse en un nuevo obstáculo para la producción ganadera, en un contexto marcado por alta presión impositiva y escasos incentivos.
En ese sentido, FARER sostiene que cualquier avance tecnológico debería ser gradual, voluntario y acompañado por el Estado, y no una carga adicional para el productor.
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Los 10 puntos clave de la Resolución 530/2025
Con el objetivo de brindar claridad y evitar interpretaciones erróneas, FARER detalló los principales aspectos de la normativa de SENASA:
- Especies alcanzadas: Bovinos, bubalinos y cérvidos en cautiverio. En equinos será obligatoria solo si están registrados en el RENIE o ante intervenciones sanitarias. Para ovinos, caprinos, camélidos sudamericanos y porcinos, la adopción sigue siendo voluntaria.
- Dispositivos habilitados: Caravana visual más un dispositivo electrónico (botón electrónico en oreja, bolo ruminal o microchip inyectable), todos con normas internacionales ICAR.
- Tiempos de aplicación: Desde el 1 de enero de 2026. Los animales deberán identificarse al destete o antes del primer movimiento.
- Responsabilidad: El productor es responsable de colocar ambos dispositivos dentro de los plazos establecidos.
- Lectura y notificación: Los datos deberán ser leídos y notificados a SENASA por el productor o por terceros habilitados.
- Alcance temporal: No es retroactiva. Aplica solo a animales no identificados antes del 31 de diciembre de 2025. En caso de pérdida, hay 30 días para reponer el dispositivo.
- Distribución: Los dispositivos se comercializarán en veterinarias, agronomías, distribuidores de insumos ganaderos y algunos entes y fundaciones sanitarias.
- Identificación individual: Cada animal tendrá un código RFID único de 15 dígitos asignado por SENASA. Se elimina la correlatividad interna y el uso del CUIG.
- Colores de caravanas: Blancas en zonas con vacunación contra fiebre aftosa (al norte del Río Colorado) y verdes en zonas libres de vacunación (al sur).
- Registro digital: Se proyecta un sistema informático de registro digital para garantizar el acceso seguro a los datos de identificación y trazabilidad.
Finalmente, FARER recomendó a los productores mantenerse informados a través de las sociedades rurales, veterinarios y oficinas locales de SENASA, con el fin de anticiparse a los requerimientos y evitar inconvenientes operativos.
Fuente: FARER
Autoría: El Debate Pregón