Oficial: Gobierno lanzó nuevo sistema para comprar en el exterior y recibir “puerta a puerta”

La nueva normativa elimina el formulario 4550 y la necesidad de realizar trámites presenciales. La modalidad podrá ser utilizada 5 veces por año por persona. Paquetes de hasta 2 kg serán enviados a los domicilios, mientras que envíos superiores deberán ser retirados en sucursales de correo. Regirá desde el jueves.
El Ministerio de Producción y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) presentaron los nuevos procedimientos para recibir envíos desde el exterior, para uso o consumo personal, posibilitando el retorno del sistema puerta a puerta.Según informó la cartera que dirige Francisco Cabrera a través de un comunicado, "los ciudadanos podrán recibir envíos para consumo personal ingresándolos tanto por el Correo Argentino como por servicios de couriers".El nuevo sistema elimina el formulario 4550 y la necesidad de realizar trámites presenciales para los envíos habilitados para el servicio puerta a puerta, eliminando un sistema que provocó incomodidad y que miles de paquetes quedaran abandonados.Fuentes de AFIP confirmaron a Cronista.com que la nueva norma se publicará mañana en el Boletín Oficial y empezará a regir el jueves.En el caso de envíos que se reciben a través del Correo Oficial, el ciudadano deberá ingresar en la web de AFIP el número de seguimiento del envío (tracking ID) que proporciona el Correo, declarará el valor y la descripción del o los productos recibidos.Una vez que se valide dicho registro, se generará en forma automática un Volante Electrónico de Pago (VEP), por los conceptos y valores que corresponda abonar.Estos envíos tienen derecho a usufructuar una franquicia anual de u$s 25.Una vez abonado el VEP, si el envío no supera los dos kilogramos y su valor es inferior a U$s 200, el ciudadano recibirá el envío en su domicilio.Para el caso de envíos cuyo peso sea mayor a dos kilogramos y/o valor mayor a u$s 200, también se recibirá una notificación del Correo, se utilizará idéntico procedimiento, retirando el envío en la sucursal del mismo.En el caso de envíos que se reciben a través de Prestadores de Servicios Courier, serán éstos los encargados de realizar la declaración de los envíos. Esta declaración incluye la descripción de los productos involucrados y los valores correspondientes. También serán responsables tributarios del pago ante la AFIP.Esta modalidad podrá ser utilizada sólo 5 veces, por año calendario y por persona. Cada envíos no podrá superar los 50 kilogramos y su importe deberá ser inferior o igual a u$s 1000, siempre que se conformen por hasta 3 unidades de la misma especie y no se presuma una finalidad comercial.Luego de recibir el envío, ya sea a través del Correo Oficial o de los Prestadores de Servicios Courier, habrá 30 días corridos para ingresar a la web de AFIP y confirmar la recepción. Esta confirmación permitirá realizar posteriores operaciones.
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