Ratifican prohibiciones al expendio de alcohol a menores de edad
Desde el Municipio se ratificó la vigencia de la ordenanza 2239/2000 en el que se establecen horarios y demás disposiciones vinculadas al expendio de bebidas alcohólicas a menores de 18 años.
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En ese sentido, en la reciente publicación que se realiza desde la Comuna a través del área de prensa, se indica que "en el orden provincial y municipal se cuenta con la Ley Provincial N°9087 y con la ordenanza N°2059/94 con normativas similares en cuanto a la prohibición de la venta de alcohol a menores de 18 años de edad. La Ley antes mencionada va más allá de lo establecido en la Legislación provincial y municipal consignadas, en tanto prohíbe asimismo el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública y en el interior de los estadios y otros sitios, cuando se realicen en forma masiva actividades deportivas, educativas, culturales y/o artísticas.Art. 1°) Queda prohibido en el ejido de la Municipalidad de Gualeguay la venta o entrega de cualquier bebida alcohólica a menores de 18 años. (...)Art 3°) La prohibición alcanza a todo mayor que dentro de los lugares mencionados entregue bebidas alcohólicas a menores, como intermediarios en la compra o en cualquier otro carácter. (...)Art. °7) Prohíbase la expedición de todo tipo de bebidas alcohólicas en los comercios habilitados como estaciones de servicios y sus anexos. Se excluye de los alcances de esta prohibición a los comercios que desarrollan actividades de restaurant, comedores, paradores, confiterías dentro de los límites del inmueble en que funcionen las estaciones de servicio.Art. 8°) Prohíbase el expendio y venta de todo tipo de bebidas alcohólicas a partir de las 00 horas y hasta las 8 horas, que tendrá vigencia desde el 21 de diciembre hasta el 21 de marzo de cada año; en los establecimientos comerciales que giran en los rubros quioscos y/o ventas de productos alimenticios y que no cuenten con comodidades y habilitación municipal para consumo de bebidas en el lugar. (...)Prohíbase el expendio y venta de todo tipo de bebidas alcohólicas a partir de la hora 5 y hasta la hora 11, en confiterías bailables, bares, snack Bar, Café Bar; Whiskerías y/o similares que cuenten con comodidades y habilitación municipal para consumo de bebidas en el lugar.
