RAZON CRITICA
Las nuevas leyes
Durante esta semana se transformaron en ley dos proyectos del paquete de propuestas para reforma la Justicia que impulsa el oficialismo. Se estableció un nuevo régimen de medidas cautelares y se crearon tres nuevas Cámaras de Casación. Por otra parte, el plan de modificación del Consejo de la Magistratura experimentó retoques (aquellos propuestos por el CELS y otras entidades) y volvió al Senado para ser tratado nuevamente el 8 de mayo. Con respecto a las dos nuevas leyes, cabe mencionar que la primera, referente a las cautelares, marca la clara intención de restringir aquellas contra el Estado, especialmente cuando las promueven grandes bloques de poder. A la vez, como consecuencia de las mencionadas recomendaciones del Centro de Estudios Legales y Sociales y otras ONG, estas medidas serán más accesibles cuando las necesitan los sectores vulnerables o los conjuntos sociales que reclamen derechos fundamentales. Para emitir una medida cautelar contra el Estado, el juez deberá antes declararse competente. Y sólo puede concederla uno de carácter incompetente ante algunas excepciones, esto es cuando la soliciten segmentos vulnerables o esté en juego la vida digna, la salud o un derecho de naturaleza alimentaria o ambiental. Asimismo, no se podrá dictar ninguna medida cautelar que "afecte, obstaculice, comprometa, distraiga de su destino o de cualquier forma perturbe los bienes o recursos propios del Estado, ni imponer a los funcionarios cargas personales pecuniarias". Un magistrado sólo podrá detener una ley, un reglamento u otro acto estatal, cuando se cerciore que su aplicación provocará daños irreparables. Además, el que demanda debe marcar que es muy probable que tenga la razón; no se debe aquejar el interés público ni la cautelar producir efectos irreversibles. Ante sucesos que pongan en peligro o interrumpan las actividades y servicios públicos o perjudiquen los bienes afectados, el Estado podrá solicitar medidas cautelares excepto en los casos donde se trate de "conflictos laborales". Con respecto a la duración de estas medidas, el juez debe establecer un "límite razonable" de tiempo, no mayor a seis meses prorrogable por seis más. Con la excepción de los casos en donde participan individuos en situación de vulnerabilidad o grupos que exijan derechos básicos. En relación a la otra nueva ley, se crearán tres Nuevas Cámaras de Casación: una en lo Contencioso y Administrativo, otra del Trabajo y la Seguridad Social y otra más de Casación Civil y Comercial. Cada una poseerá siete integrantes, distribuidos en dos salas más un juez que administrará las dos.Más allá de estas cuestiones, debo señalar que las discusiones para mejorar el Poder Judicial omitieron ciertos análisis y debates para profundizar una reconfiguración de éste que lo perfeccione realmente para el bienestar general de la sociedad. Algunas propuestas que no formaron parte del asunto son aquellas que remiten a modificar los Códigos de Procedimiento para agilizar los juicios (por ejemplo: desburocratización, modernización de la gestión, simplificación del lenguaje, entre otras), la sanción de una ley de acceso a la información pública con alcance al sistema judicial (pese a que la ley recientemente sancionada y referida a la divulgación de las declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios y de los fallos judiciales intenta un mayor acceso a la información, no se va a fondo en este tema), favorecer la transparencia y participación ciudadana en la discusión judicial de interés público, adoptar mecanismos eficientes en la investigación de casos de corrupción, redelinear la organización del sistema judicial con factores de horizontalidad, modernización y eficiencia en el funcionamiento de los tribunales (en este caso, a mi entender, la creación de las nuevas Cámaras de Casación va en contra de este propósito) e incorporar dispositivos de rendición de cuentas en el ámbito de tribunales.En fin, ya se hicieron efectivas estas dos leyes en una semana maratónica, ajetreada y escandalosa en el Congreso Nacional. Sólo nos resta esperar que postura se tomara con respecto a la modificación del Consejo de la Magistratura. Sin lugar a dudas, en torno a toda esta situación, no sólo se discute la reorganización jurídica de la Argentina sino que también hay un embrollo político para la acumulación de poder entre distintos sectores donde se encuentra, obviamente, el kirchnerismo. Lo cierto es que faltó diálogo y profundización en estas reformas. Y por más que se intenta dar más cabida a los sectores vulnerables en el acceso a la Justicia, hay ciertas aristas, como las económicas, que los hacen permanecer en desventaja cuando entran en litigio, por ejemplo, con grupos poderosamente económicos. Sean corporaciones empresariales o el mismo Estado.Julián Lazo Stegeman
