Ley de abastecimiento
En circunstancias lúcidas, en una economía con poca inflación y mercados adecuadamente desarrollados, el abastecimiento de los bienes que necesita un país generalmente está asegurado. En este escenario propicio, las estructuras de precios suelen adaptarse a las distintas demandas de los consumidores para que éstas se satisfagan a través de diversas decisiones tomadas en diferentes mercados y en distintos eslabones de cada cadena de producción.
Es decir que cuando sube la demanda de un bien, su precio aumenta, otorgando al productor la indicación de que allí hay una posibilidad de negocios y rentabilidades, incentivándolo, a su vez, a efectuar lo que sea necesario para que un determinado producto llegue al consumidor. Asimismo, en los mercados con bastantes oferentes, la competencia originará una baja en el precio para que se sitúe cerca de los costos de producción, resguardando una ganancia mínima necesaria para que exista tal oferta. Dando beneficios a la sociedad, y en particular al consumidor.Obviamente, este ambiente económico ideal, donde todos los mercados tienen alta competencia, no siempre es así. Para eso, se utilizan las legislaciones referentes a la defensa de la competencia. No obstante, existen mercados a los cuales se les complica funcionar con una competencia perfecta. Es el caso, a modo de ilustración, de los monopolios naturales. Por ejemplo, no resulta eficiente que haya, en una ciudad, doble o triple tendido eléctrico o de gas natural. Es más eficiente que haya uno solo. Por ende, la solución no es aumentar la cantidad de empresas, sino regular precios y otros aspectos del servicio. Por esto, la mayoría de los servicios públicos requieren regulación. Generalmente ésta se encuentra en manos del Estado. Debido a estas razones, una economía coherente, que actúe de manera estable, necesita leyes de defensa de la competencia, leyes de defensa del consumidor y regulación de servicios públicos. Pero no requiere normas de abastecimiento, porque el abastecimiento no debería ser una contingencia. Lamentablemente, esto dista de ser así en la Argentina. El 4 de Agosto, el Poder Ejecutivo envió al Congreso tres proyectos de ley relacionados entre sí, uno de los cuales hace referencia a la reforma de la Ley de Abastecimiento (Ley 20,680). Se trata de una ley que posibilita al Estado a intervenir en los mercados, marcando precios y márgenes de utilidad, y obligando a las compañías, cuando lo considere necesario, a abastecer el mercado en las cantidades y precios que se implanten discrecionalmente. Este es el centro de la ley original, que no se transforma con la reforma propuesta. Como ya expresé, en una economía concisa, el abastecimiento no debería generar grandes problemas. Lastimosamente, el Kirchnerismo en estos últimos tiempos ha demostrado indicios de no manejar eficientemente el contexto económico de nuestra República, generando, entre otras cosas, una elevada inflación. En esta misma línea, el equipo económico de la Nación, en lugar de corregir las políticas macroeconómicas que producen la mencionada inflación, decide obligar a los empresarios a que no suban los precios, configurando de esta forma el desabastecimiento, ya que precios simuladamente bajos (dados sus costos y los valores de los productos sustitutos) crean mayor demanda que oferta. Cuando esto sucede, aparecen las reformas a las leyes de abastecimiento. Con estas se puede lograr que crezca la oferta de bienes, sin subas de precios, pero sólo de forma temporal. Esta más que claro que nadie, racionalmente, está proclive a invertir para aumentar la capacidad de producción donde la rentabilidad no sea suficiente. A mi entender, una solución correcta sería la de diseñar una política anti-inflacionaria inteligente, que comprima la inflación sin producir desempleo. De esta manera, sin inflación, pierden sentido las intervenciones de precios y la especulación. Y así, las reformas a la Ley de Abastecimiento no serían necesarias.Julián Lazo Stegeman
