No nos dejemos engañar
En el contexto de la Marcha Federal en defensa de la educación pública, la cual tuvo resonancia a lo largo y ancho del país con diversas manifestaciones en la totalidad de las provincias argentinas, comenzaron a circular vía redes sociales y dispositivos digitales diversos mensajes, procedentes de sectores afines al oficialismo, que pretendían desligar al Gobierno de sus responsabilidades en lo que respecta al financiamiento del sistema educativo estatal, amparados en el argumento acerca de la autarquía y autonomía universitaria y cómo esto implica que las únicas responsables de sus problemas son, valga la redundancia, las universidades mismas.
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Si bien a partir de la reforma de 1994 el Artículo 75 inciso 19 de la Constitución Nacional se expresa sobre "...los principios de gratuidad y equidad de la educación pública estatal y la autonomía y autarquía de las universidades nacionales...", es fundamental señalar que la Ley de Educación Superior sancionada en 1995 (con una modificación en 2015) cumple, de cierto modo, la función de estructurar lo dispuesto por la Carta Magna. En este sentido, la mencionada ley dice lo siguiente en su Artículo 2:"El Estado nacional es el responsable de proveer el financiamiento, la supervisión y fiscalización de las universidades nacionales, así como la supervisión y fiscalización de las universidades privadas. Las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son los responsables de proveer el financiamiento, la supervisión y fiscalización de los institutos de formación superior de gestión estatal y de las universidades provinciales, si las tuviere, de su respectiva jurisdicción.Las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son los responsables de la supervisión, la fiscalización y, en los casos que correspondiere, la subvención de los institutos de formación superior de gestión privada en el ámbito de su respectiva jurisdicción.La responsabilidad principal e indelegable del Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre la educación superior, implica:a) Garantizar la igualdad de oportunidades y condiciones en el acceso, la permanencia, la graduación y el egreso en las distintas alternativas y trayectorias educativas del nivel para todos quienes lo requieran y reúnan las condiciones legales establecidas en esta ley;b) Proveer equitativamente, en la educación superior de gestión estatal, becas, condiciones adecuadas de infraestructura y recursos tecnológicos apropiados para todas aquellas personas que sufran carencias económicas verificables;c) Promover políticas de inclusión educativa que reconozcan igualitariamente las diferentes identidades de género y de los procesos multiculturales e interculturales;d) Establecer las medidas necesarias para equiparar las oportunidades y posibilidades de las personas con discapacidades permanentes o temporarias;e) Constituir mecanismos y procesos concretos de articulación entre los componentes humanos, materiales, curriculares y divulgativos del nivel y con el resto del sistema educativo nacional, así como la efectiva integración internacional con otros sistemas educativos, en particular con los del Mercosur y América Latina;f) Promover formas de organización y procesos democráticos;g) Vincular prácticas y saberes provenientes de distintos ámbitos sociales que potencien la construcción y apropiación del conocimiento en la resolución de problemas asociados a las necesidades de la población, como una condición constitutiva de los alcances instituidos en la ley 26.206 de educación nacional (título VI, La calidad de la educación, capítulo I, "Disposiciones generales", artículo 84)". De esta forma, entonces, queda claro que el Estado debe, por ley y más allá de la autonomía y autarquía universitaria en algunos aspectos, financiar a las universidades nacionales. Precisamente, en este punto es donde se observan los incumplimientos de sus funciones por parte de este Gobierno. El portal El País Digital, mediante un informe realizado por la Universidad Nacional de Avellaneda, explica este tema y cómo el oficialismo elude sus responsabilidades: A nivel universitario cinco programas del Ministerio de Educación muestran altos niveles de subejecución. Cabe recordar que ejecutar los presupuestos por debajo de lo establecido es una de las maneras que utilizan las administraciones para reducir el impacto político que supondría un recorte directo en los recursos."En términos porcentuales el más llamativo es el que se destina para el mejoramiento de la infraestructura edilicia", destaca el informe. Y agrega: "Claramente esta partida está sufriendo un gran ajuste debido a que aún no han liberado un solo pago y el nivel de ejecución es del 0%, teniendo en cuenta que presenta un importante presupuesto de más de $3000 millones".A esta subejecución se suma que la asistencia financiera que debe hacer el Ministerio para el funcionamiento de las universidades nacionales, es decir el gasto corriente, está siendo ajustada. De esta manera, la deuda acumulada con las universidades públicas alcanzó los $12.446 millones en junio, un aumento de casi el 90% respecto de enero del corriente año."En la primera mitad del año tan solo se ejecutó un 22%, de los más de 45% que se deberían haber ejecutado. Finalmente, hay tres partidas con una ejecución semestral del 38% que son: 'Fomento para investigación de los docentes universitarios', 'Asistencia financiera a hospitales universitarios' y 'Programa Argentina Beca'", concluyeron desde la UNDAV.El Tesoro Nacional también forma parte del mecanismo de ajuste a las universidades nacionales: del presupuesto de $3987 millones destinados a las casas de estudios solo se devengaron $258 millones a junio, un 13% de lo estipulado para el primer semestre del año. Se visualiza así cómo el Estado Nacional, dada la subejecución presupuestaria, no cumple con sus funciones de proveer el financiamiento, la supervisión y la fiscalización de las universidades nacionales. De esta manera, el sistema educativo público se encuentra atrapado en diversos obstáculos que complican su correcto desarrollo. Obviamente, a estas contingencias se le suman las negociaciones salariales en donde se les ofrece a los docentes universitarios el irrisorio aumento de un 15%, muy por debajo del índice inflacionario. Por otro lado, el artículo 3 de la ley ya aludida expresa lo siguiente:Lea más en al edición impresa
