En varios Fueros se aproxima la oralidad. NO PROMOVEMOS LITIGIOS.
Dialogamos con el Presidente del Colegio de Abogados de Gualeguay Gastón Justet. Varios temas tocamos pero sobremanera las expectativas de la oralidad que se acerca en varios fueros. Un Colegio numeroso y con varios fueros logrados en la localidad que les permiten el ejercicio de la Profesión.
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Sigue preocupando al Colegio de Abogados de la ciudad el caso Demarchi, y ahora se sumaría uno más con denuncia ante la Fiscalía de otro integrante del Foro local.-Me habla de su Presidencia ?Desde hace poco más de tres meses venimos desarrollando la digna tarea de representar a nuestra seccional del Colegio de Abogados de Entre Ríos. Actualmente el Colegio de Abogados cuenta con poco más de 200 matriculados, de los cuales 162 están activos.Son muchos ?Es una matrícula bastante numerosa para un foro como el de Gualeguay, pero a pesar de ello la mayoría de los colegas se encuentran trabajando. Desde la Comisión actual, y como se venía haciendo desde anteriores gestiones nos vamos a volcar a la capacitación y actualización de los profesionales para lo cual tenemos varias alternativas en estudio. Recientemente se llevó a cabo dos capacitaciones, básicamente en la implementación de la Oralidad en los procesos Civiles y Comerciales. La primera de esas capacitaciones fue realizada en la Escuela Normal y contò con la presencia de Magistrados de la Cámara Civil y Comercial de la ciudad de Gualeguaychù, y Magistrados de la ciudad de Paraná que han sido los encargados de redactar los protocolos de implementación de dicha modalidad. La reunión fue muy positiva, pues hubo un intercambio interesante de opiniones con los colegas abogados de nuestro foro y se fue delineando lo que luego sería el protocolo en sí. El cual al momento de su dictado por parte del STJER mediante la Acordada N° 18/ 18 sufrió modificaciones.De que se trata ?La Oralidad en el Proceso Civil y Comercial nos impone nuevos desafíos para abogados, magistrados y empleados judiciales. Focaliza el proceso en 2 Audiencias de suma importancia como lo son la Audiciencia Preliminar donde el Juez llevarà adelante un proceso activo de conciliación entre las partes, apelando a fórmulas de conciliación que estas propongan o en su defecto la que proponga el propio juez.El Juez le indicarà el derecho vigente para el caso concreto y la jurisprudencia para que los que tengan diferencias pueden asimilar las consecuencias del proceso y cual puede llegar a ser la consecuencia y en esa evaluación se sientan con mejor predisposición al dialogo.Hay que acelerar o buscar para el justiciable la mejor resolución ?Desde ya. Una vez cumplida esta etapa sin que se lleve adelante una conciliación, se pasa en esa audiencia a la etapa de fijar los hechos que se van a probar el juicio y la prueba que se va utilizar.Esta etapa es de suma importancia para el proceso pues el éxito y la celeridad del proceso van a depender del agudo trabajo que realicen tanto magistrados como abogados y las propias partes para solamente utilizar la prueba que sea efectiva y que tenga directa relación con los hechos en los que exista discusión y dejaran de lado otra prueba que se considere sobreabundante.Esta audiencia es escrita en estos momentos, pero en un futuro cercano también será video grabada lo que permitirá mayor celeridad en el desarrollo.En èsta instancia se impone el plazo que va a insumir el proceso y cuáles son las obligaciones de cada parte.Una vez producida la prueba por cada una de las partes litigantes, estas se encontraràn nuevamente en una audiencia publica que será videograbada, donde se expondrá la prueba producida por cada una, declararán los testigos, las partes que quieran hacerlo, los peritos disiparan dudas que las partes hayan solicitado y si lo han acordado en forma verbal se expresaràn los alegatos, es decir que en un solo acto procesal se ha unificado parte de la prueba, las impugnaciones y los alegatos.Todavìa falta ensamblar lo tecnológico y como convivirán ambos sistemas ?Todo un cambio es. Toda esta audiencia también es video grabada y le otorga al juez un grado de inmediatez con el proceso que antes adolecía, pues estos actos antes los veía solo en papel dada la forma en que se desarrollaba el proceso.El protocolo prevee que las sentencias sean dictadas en un plazo deseable de 10 días pero que no puede excederse del plazo que poseen según la normativa que es de 40 días en el caso de magistrados unipersonales como es el caso de nuestros Juzgados Civiles y Comerciales.Los beneficios de la implementación de esta forma de llevar adelante el proceso civil y comercial, es el de dar una rápida y efectiva respuesta al reclamo de las personas que deban someter sus diferencias ante la justicia civil y comercial. Asimismo se pretenden uniformar la forma en que se tramitan los procesos en toda la provincia facilitando según los objetivos de la normativa la práctica profesional en todo el ámbito de la Provincia de Entre Ríos. La reducción en los tiempos de trámite de un proceso civil ordinario que actualmente insume alrededor de 2 años y medios se vería considerablemente reducida a 365 días corridos.El Foro local, como lo està recibiendo ?Las incógnitas que se nos presentan a los profesionales del derecho y nuestros representados son, si la deseada celeridad afectarà la calidad de la justicia, si la aceleración de los tiempos del proceso nos dará por resultados en lo inmediato el tan temido cuello de botella al momento en que el juez le toque resolver y además si el Poder Judicial se encuentra acondicionado edilicia y tecnológicamente para esta modalidad de trámite.Al día de la fecha solo se ha dado inicio a una parte de este protocolo, aún resta la segunda y no menos importante que es la de acondicionar una o dos salas para el desarrollo de las audiencias, la organización de una agenda común entre los dos Juzgados Civiles y Comerciales en nuestro medio, y la capacitación de los empleaos en el empleo de las nuevas tecnologías.Que esta modalidad de la Oralidad en los procesos judiciales viene siendo una constante de aplicación de hace mucho tiempo en otras provincias de nuestra Argentina y viene de la mano una iniciativa originada en el Ministerio de Justicia de la nación.Se extenderìa esta modalidad a Familia y al Laboral ?Si. En lo próximo este sistema se va a implementar en el fuero de familia para el trámite de los procesos de ese fuero y con las reformas particulares que responden a la necesidad de la distinta temática y abordaje de ese fuero tan especial y que en estos últimos tiempos se ha visto desbordado de causas judiciales, lo que ha originado su especialización y su organización en un juzgado distinto al Civil y Comercial.Desde hace un tiempo el STJER ha venido elaborando con especialistas también un protocolo para el fuero de familia, y hace escasos días se hizo una presentación oficial del proyecto de nuevo protocolo para el fuero de familia.Lea más en la edción impresa
