Acceso a la información pública
En nuestro país, el derecho de acceso a la información pública se encuentra establecido en la Constitución Nacional.
En primer lugar, en el artículo 1° de la Carta Magna se expresa que "la Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa, republicana y federal". En segundo lugar, se marca en el artículo 14 de la Constitución Nacional que promulga el derecho a publicar las ideas por la prensa sin censura previa. Asimismo, desde la reforma constitucional de 1994 el derecho de acceso a la información pública también es agregado en los artículos 38 (partidos políticos), 41 (medio ambiente), 42 (consumidores y usuarios), 43 (habeas data). Además, el derecho de acceso a la información pública se ubica en diversas declaraciones y tratados de derechos humanos que en Argentina cuentan con jerarquía constitucional (artículo 75, inciso 22 CN) como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos civiles y Políticos. Dados los acontecimientos que ha vivido nuestro país en materia institucional derivados de la muerte del fiscal Alberto Nisman o las continuas contingencias económicas resultantes de la inflación y sus diferentes y tergiversados índices (por citar solamente algunas cuestiones importantes entre otras), el Kirchnerismo se convirtió en un claro ejemplo de lo que es la vejación al acceso a la información pública. Es imprescindible reflexionar sobre este derecho y no omitir su importancia para una correcta implementación de la soberanía popular. El derecho de acceso a la información pública es la oportunidad que poseen todos los individuos de buscar, solicitar y recibir información que se halla en las diferentes aristas que configuran el Estado o en posesión privados pero que es producida mediante fondos públicos o en acción de una función pública encomendada o autorizada por el Estado. Poder observar este tipo de datos y documentos es sumamente trascendental para ejercer, a su vez, otros derechos. Sin información no hay alternativa de acceder a servicios de salud, de educación o expresarse libremente. Por otra parte, el acceso a la información pública es significativo ya que fomenta el fortalecimiento la democracia y la república. Cuando desde el Gobierno Nacional (en su momento el Kirchnerismo y ahora veremos cómo se comportará el Macrismo) se opta por el silencio y el hermetismo, el derecho de acceso a la información pública se observa completamente vejado. Los ciudadanos no pueden hacer valer lo que le corresponde y la mencionada soberanía popular, ligada al sistema democrático y a las instituciones republicanas, se encuentra con muchos obstáculos para desplegarse. La necesidad de acceder a la información pública localiza su justificación en los principios que, como ya expresé, alimentan al sistema democrático y republicano de gobierno. Por un lado, de la forma republicana que el Estado Argentino acoge subyacen el principio de transparencia en el funcionamiento de la administración pública y la posibilidad de participación de las personas que habitan en el país. Ningún oficialismo de turno se puede situar entre los ciudadanos y sus derechos ni tampoco tomar posturas cerradas donde no se respeten aquellos tan importantes como el derecho a la información pública. En momentos como éstos, donde se hallan circunstancias que sacuden diversas áreas de nuestra Nación en el contexto de un Gobierno que recién comienza ante la salida de otro que estuvo más de una década en el poder, debemos estar atentos para que nuestros mencionados derechos no se soslayen.Julián Lazo Stegeman (La Nación, Página 12, Clarín)
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